PAIS VASCO. ITURGAIZ, SANCIONADO CON UN MES DE SUSPENSION COMO DIPUTADO POR SUPLANTAR A MAYOR OREJA EN VOTACIONES

MADRID
SERVIMEDIA

El pleno del Parlamento Vasco aprobó hoy en sesión a puerta cerrada, por 41 votos a favor y 13 en contra, suspender por un mes los derechos y deberes que corresponden como parlamentario al presidente del PP en el País Vasco, Carlos Iturgaiz.

Los hechos motivos de sanción se remontan al pleno de la Cámara el 20 de noviembre, cuando Iturgai accionó desde su escaño, en tres ocasiones, el equipo de votación de Jaime Mayor Oreja, ausente.

El pleno ha aprobado así el dictamen que proponía la Comisión de Urgencia Legislativa, Reglamento y Gobierno. Este órgano parlamentario, tras analizar los vídeos de la sesión, el registro del sistema informático que computa las votaciones y el que da fe de los movimientos de las tarjetas de presencia de los parlamentarios, estima que Carlos Iturgaiz actuó premeditadamente.

Otra persona, aún por deterinar, según ese informe, introdujo fraudulentamente la tarjeta de presencia de mayor Oreja en su escaño cuando este ya se había ausentado del salón de plenos.

El dictamen estima igualmente que la actuación de Iturgaiz supuso la emisión efectiva de un voto fraudulento en tres ocasiones en la sesión del 20 de noviembre y la alteración de las mayorías necesarias para tomar decisiones legislativas al incorporar a la lista de parlamentarios presentes en la votación a un corporativo que no se encontraba en a cámara.

El dictamen cita la ley de Régimen Electoral para calibrar, por analogía, la gravedad de lo acontecido. Este texto establece en su artículo 4.2 que nadie podrá votar dos veces en las mismas elecciones y propone sanciones de prisión menor, inhabilitación especial y multa entre 30.000 y 300.000 pesetas para quienes voten dos o más veces en la misma elección o lo hagan dolosamente sin tener capacidad para emitir el sufragio.

El Pleno, con los votos de PNV, EA, Izquierda Unida y Sozialista bertzaleak considera que los hechos protagonizados por Iturgaiz suponen una quiebra del principio de indelegabilidad del voto y una alteración dolosa del normal desarrollo de las votaciones.

La sanción de un mes de suspensión incluye tanto la asistencia a plenos y comisiones como el pago de las retribuciones a que tiene derecho como parlamentario y la parte alícuota de las percepciones que percibe el grupo por el escaño que ocupa Iturgaiz.

(SERVIMEDIA)
22 Dic 2003
G