OUBIÑA RECURRE SU CONDENA ALEGANDO QUE EL ESTADO NO PUEDE EXIGIR TRIBUTOS POR BENEFICIOS DE ACTIVIDADES DELICTIVAS

- Sería como pedir al atracador de bancos que tribute por el beneficio de sus expolios, afirma

SANTIAGO DE COMPOSTELA
SERVIMEDIA

El abogado defensor de Laureano Oubiña y su esposa, Esthr Lago, ha presentado un recurso contra la sentencia que condena al matrimonio a 12 años de prisión y multas de 1.280 millones de pesetas para cada uno, por sendos delitos contra la Hacienda Pública, alegando que el Estado no puede reclamar tributos por los beneficios de actividades ilícitas, puesto que actuaría como receptador.

Según publica hoy el diario "La Voz de Galicia", el defensor del matrimonio Oubiña argumenta que al condenar a los Oubiña por dos delitos contra la Hacienda Pública se está setando doctrina de que los beneficios de las actividades delictivas han de ser sometidos al pago de tributos, "convirtiendo al Estado en sujeto activo de enriquecimiento injusto".

Según el recurso contra la sentencia que condena al matrimonio Oubiña, no hay en España ni en la UE ningún pronunciamiento judicial ni regulación sobre la fiscalidad del dinero procedente de actividades ilícitas. El recurso argumenta que "no cabe condenar por receptación y, a la par, por delito contra la Hacienda Pública por o tributar por lo receptado".

Según el citado periódico, el recurso ilustra sus argumentos de forma gráfica: "Lo contrario sería como afirmar que el atracador de bancos habrá de tributar por el beneficio que le produzcan sus expolios, el proxeneta por las cantidades que sus pupilas le entregan por protección y el narcotraficante que vende papelinas en la esquina del beneficio que le produce su ilícita actividad". Esto, según el recurso en favor de los Oubiña, "es absurdo y convertiría al Estado en recptador".

(SERVIMEDIA)
22 Feb 1995
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