LAS ONGS PIDEN EN EL CONGRESO QUE LOS DESPLAZADOS POR GUERRAS SEAN CONSIDERADOS REFUGIADOS CON DERECHO A ASILO

MADRID
SERVIMEDIA

La necesidad de elaborar un estatuto para los "desplazados" o personas que huyen de su país por conflictos militares, como los bosnios, ha sido una de la peticiones en la que han coincidido los representates de las organizaciones no gubernamentales (ONGS) que hoy comparecieron en el Congreso para debatir la reforma de la ley reguladora del derecho de asilo y refugio.

Esta petición viene motivada, según manifestaron las ONGS, por el hecho de que la reforma de esta ley no contemple a los "desplazados" como refugiados,- ya que toma al pie de la letra la definición de la Convención de Ginebra que considera como tales sólo a las personas que huyen por persecución política, religiosa o étnica-, y propone, pr tanto, la aplicación de la Ley de Extranjería a éstas personas.

Es lo que ha ocurrido con los desplazados bosnios que viven en España, que disfrutan de una tarjeta de permanencia por un año, que es renovada discrecionalmente por el Ministerio de Interior.

La reforma de esta ley, que debía haber sido aprobada antes de las elecciones de este año, modifica la actual al hacer una síntesis de las dos figuras de asilo y refugio que hasta ahora se contemplaban en la anterior ley y conceder permiso de esidencia, trabajo y viaje a los que consigan este estatuto.

Sin embargo, los representantes de Amnistía Internacional (AI), Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Consulta Europea sobre Refugio y Exilio (ECRE), Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el eurodiputado Juan María Bandrés, manifestaron su desacuerdo con algunos puntos del proyecto, entre los que destaca el proceso de inadmisión a trámite que regula el citado proyecto de ley.

El nuevo procedimieto establece que, de entrada, a un peticionario de refugio se le pueda denegar su solicitud por considerar que es infundada. La Administración dispone de cuatro días para comunicárselo y, en caso de que el solicitante presente un recurso a la decisión denegatoria, dos días para resolverlo.

Los representantes de las ONGS, así como el grupo de IU, consideran que este plazo, de siete días en total, resulta escaso y ofrece pocas garantías a la hora de dilucidar si se trata realmente de un refugiado o un imigrante económico, ya que en muchos casos es muy difícil distinguir la procedencia de los solicitantes.

Hasta ahora, la Administración aceptaba todas las solicitudes de asilo o refugio que se presentaban, y tras estudiar el caso, -que podía tardar hasta seis meses o más-, resolvía.

Sin embargo, Fernando Puig de la Bellacasa, director general de Política Interior, dijo que este procedimiento está dirigido a reducir el fraude que propicia la legislación actual, ya que la mayoría de los solicitante son inmigrantes económicos.

Explicó que el plazo que que se establecen se situa en los acordados por otros países eurpeos y añadió que, cuando la Administración dude de la condición de un solicitante, "la persona pasará la frontera".

Puig de la Bellacasa informó que en Madrid se presentan al día de 50 a 60 solicitudes, de las que el 59 por ciento están basadas en cuestiones de carácter laboral. La tasa de reconocimiento de refugio en España se situó el pasado año en el 4 por ciento explicó y la ficina de asilo y refugio de Madrid "no puede ser una máquina de denegaciones como es en estos momentos".

EXPULSIONES

Otro punto polémico de la reforma se refiere a las expulsiones de los que no obtienen el refugio. Estos, tras recurrir a la Administración la denegación de su solicitud a trámite, pueden también presentar un recurso por la vía contencioso administrativa, pero hasta que la instancia judicial no resuelva son expulsados del país, por lo que las ONGs piden las suspensión automática.

También consideran que es esencial, y no se incluye en el proyecto de ley, garantizar asistencia letrada a los solicitantes de refugio en la frontera, así como traductores e intérpretes que le puedan ayudar a solicitar sus derechos.

REFUGIADOS EN ORBITA

Enrique García, representante de AI, señaló igualmente que la reforma de la ley debe garantizar al solicitante cuyo refugio se ha denegado que no será enviado a un tercer país incapaz de asegurar una protección efectiva de sus derechos y pide a la Adinistración que razone la denegación de su solicitud.

Por ello, AI ha propuesto tres enmiendas, que presentatá CiU, para que en caso de expulsión se indique el país que deberá ocuparse de la persona afectada, y que tiene por finalidad evitar a los llamados "refugiados en órbita".

Igualmente, AI señala la necesidad de que España, cuando deniegue el refugio, ofrezca un plazo al afectado para que encuentra un tercer país dispuesto a acogerlo.

Por su parte, Gillherme da Cunha, representante del CNUR en España, dijo que la reforma supone "un notable avance" en materia de asilo y refugio porque beneficiará a todos los solicitantes, pero señaló la necesidad de crear otra "categoría de personas" que no son los refugiados estrictamente que define la Convención de Ginebra y, sin embargo, suponen el 95 por ciento de los refugiados que hay en el mundo, es decir, las víctimas de los conflictos militares.

Da Cunha dijo que el ACNUR considera "insuficiente" que a éstas personas, tal y como contempla elproyecto de ley, se les aplique la Ley de Extranjería, por lo que pidió un tratamiento específico, en lo que coincidió el CEAR y su presidente, Juan María Bandrés.

También señaló que es de su agrado el papel que la reforma de la ley atribuye al ACNUR -informará en los expedientes de solicitud antes de decidir la no admisión a trámite y una vez que el afectado haya recurrido- pero pidió más medios en recursos humanos y financieros.

(SERVIMEDIA)
11 Nov 1993
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