OCULTAR LA IDENTIDAD DE UN PADRE PUEDE SER PERJUDICIAL PARA EL HIJO, SEGUN EL SUPREMO
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Ocultar a un niño quién es su padre puede ser perjudicial para el menor, según una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo or la que se reconoce a un hombre la paternidad de su hijo.
En una sentencia hecha pública hoy, el Supremo señala que "la verdad biológica no puede dejarse de lado y conforma la efectiva verdad material y, a su vez, también ha de tenerse en cuenta el derecho natural y, por ello, el interés justificado que asiste a los hijos de saber y conocer quién es su padre".
"La ocultación de tal situación resulta casi siempre perjudicial por el daño que se le puede ocasionar al menor, al imponerle una vida d encubrimiento y mentiras que, a la larga, suele cobrar su tributo siempre negativo", dicen los magistrados, quienes sostienen también que conocer la identidad del progenitor "resulta necesario para la determinación genética y pude ser vital para preservar la salud" del hijo que se reclama.
En el caso resuelto por el Supremo, los magistrados añaden que "para nada se demostró que la paternidad que se insta pueda ocasionar perjuicio alguno a la menor" y señalan que la reiterada negativa de la madre a llvar a la hija reclamada para realizar las pruebas de paternidad demuestran, junto a las fechas en que ambos progenitores mantuvieron relaciones, que el demandante es el padre de la criatura.
De este modo, el Supremo revoca la sentencia dictada en su día por la Audiencia Provincial de Granada, que desestimó la petición de paternidad de Guillermo K.T. sobre su hija, que actualmente tiene 8 años.
(SERVIMEDIA)
02 Jul 2000
VBR