Divisa

La OCU denuncia “opacidad” en torno al tipo de cambio aplicado en operaciones con moneda extranjera

MADRID
SERVIMEDIA

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado que la operativa en torno al tipo de cambio en mercados extranjeros a la que se ven sometidos los pequeños inversores es “bastante opaca y en general cara”.

En su revista mensual sobre inversiones, la OCU recuerda que ya había advertido de la “opacidad” en el cambio aplicado a billetes en los que hay trasiego físico de moneda. Ahora la organización pone el foco en las operaciones en las que, sin circular moneda física de por medio, el cliente debe pagar en una divisa distinta del euro todo o parte de la operación, por ejemplo, compra de acciones, ETF o fondos extranjeros. En este sentido, critica que es un coste que “no es muy evidente para el inversor y, en la práctica, difícil de conocer a priori”.

La diferencia en el tipo de cambio aplicado entre un intermediario y otro puede ser de más de dos puntos porcentuales. Así, por ejemplo, la entidad más barata que OCU ha encontrado puede llegar a vender un dólar estadounidense a 0,95 euros frente a los 0,973 euros que pueden cobrar en otra entidad en ese mismo momento, lo que supone un diferencial del 2,5%.

En opinión de la OCU, “estos diferenciales pueden considerarse como comisiones encubiertas” que encarecen tanto la compra como la venta. “El aumento de los costes por la divisa no es exclusivo de los valores cotizados, ya que también acontece en aquellos fondos de inversión cuyo valor liquidativo está expresado en otras divisas”, añade.

“OCU Inversiones ha preguntado a 26 intermediarios lo que costaría comprar una acción de la norteamericana Alphabet A el pasado 1 de marzo al precio de cierre de ese día (2.681,23 USD por acción). Sólo 5 entidades han colaborado con OCU -como era de esperar las más caras dieron la callada por respuesta- y el coste finalmente pagado en euros por dicha acción ha oscilado entre los 2.417,75 euros y los 2.486,58 euros”, detalla la organización.

En este sentido, destaca que la normativa española permite que cada intermediario fije libremente las comisiones y el tipo de cambio que aplicará a las operaciones de compraventa de divisas, pero precisa que ello “no puede ser excusa” para que los intermediarios apliquen cualquier cambio, aunque no exista un tipo de cambio “oficial” que sea de obligado uso.

Asimismo, indica que la normativa también es clara en obligar a la entidad receptora de la orden a informar a su cliente de la divisa en la que se ejecutará la operación, de su contravalor en euros y de los costes aplicables. Explica que esta información debe proporcionarse bien con carácter previo a la ejecución de sus instrucciones o en la celebración del contrato.

En cambio, esta organización de consumidores asegura que ninguna entidad informa con carácter vinculante del cambio concreto que va a aplicar antes de ejecutar la operación y solo algunas informan, de forma provisional y con carácter aproximado, del cambio y montante en euros de la operación, pero a la espera de la liquidación de la operación donde informarán del cambio realmente aplicado.

“Por lo tanto, la operativa con acciones, fondos y ETF en otras divisas puede suponer un coste más elevado que la operativa en bolsa española, con el problema añadido de la falta de transparencia que existe en este tipo de operaciones antes de realizarse y por tanto sin todos los datos sobre la mesa para poder dar el visto bueno o cancelar la misma antes de su ejecución”, concluye la OCU.

(SERVIMEDIA)
09 Mayo 2022
DMM/gja