LOS NUEVOS RECINTOS DEPORTIVOS CARECEN DE BARRERAS ARQUITECTONICAS, EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY DEL DEPORTE

MADRID
SERVIMEDIA

Los recintos deportivos que se construyen actualmente en España carecen de rabas arquitectónicas para los minusválidos, según informaron a Servimedia fuentes del Real Patronato de Prevención y Atención a Personas con Minusvalía

Este hecho es fruto de la inclusión en la Ley del Deporte de una serie de sugerencias realizadas por este organismo, dependiente del Ministerio de Asuntos Sociales, en un informe enviado al Ministerio de Educación y Ciencia (MEC).

Entre las modificaciones conseguidas por el Real Patronato destaca la ampliación del artículo 70.2 del Título 10 de dcha ley, referido a Instalaciones Deportivas, cuya redacción ha quedado del siguiente modo: "Los recintos deportivos deberán estar provistos de las instalaciones necesarias para su normal utilización por el colectivo de disminuidos, siempre que lo permita la naturaleza de los deportes a los que se destinen dichos recintos".

El Real Patronato recomendó también la aplicación de tecnologías en el deporte para favorecer la práctica deportiva de las personas minusválidas, sugerencia recogida en el artículo54 de la ley.

El informe solicitaba que en el preámbulo de la ley se añadiera, a los aspectos diferenciadores del fenómeno deportivo, "la práctica deportiva del ciudadano como actividad espontánea, desinteresada y lúdica con fines educativos y sanitarios".

También en el artículo 4.2 de la Ley del Deporte se sustituyó la expresión "personas con discapacidades", que aparecía en el proyecto, por "personas con minusvalía".

En el aspecto organizativo, el Real Patronato consiguió que la Federaciónde Deportes de Minusválidos quede excluida de la obligatoriedad, señalada por la ley, de la existencia de una única federación por modalidad deportiva.

(SERVIMEDIA)
31 Ago 1991
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