LOS NUEVOS CONTRATO DE LANZAMIENTO DE NUEVA ACTIVIDAD Y POR OBRA Y SERVICIO ENTRAN EN VIGOR MAÑANA
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Mañana viernes entrará en vigor el Real Decreto que desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, y establece una nueva regulación de contratos de nueva actividad y por obra o servicio, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado.
El reglamento amplia las posibilidades para realizar contratos de lanzamiento de nueva actividad, al poderlos celebrar, además de las empress de nuevo establecimiento, las sociedades ya existentes que amplíen sus actividades como consecuencia del inicio de una línea de producción o de un servicio o producto recién creado.
Esta modalidad tendrá que celebrarse sólo durante el periodo de lanzamiento de la nueva actividad y no podrá exceder de tres años.
(SERVIMEDIA)
26 Ene 1995
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