LA NUEVA ORDENANZA DE CIRCULACION TRATA DE ADAPTAR LA NORMATIVA MUNICIPAL A LA REALIDAD ACTUAL DEL TRAFICO
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El Ayuntamiento de Madrid modificará la actual Ordenanza de Circulación, aprobada el 30 de julio de 1988 y modificada el 20 de junio de 2002, con el fin de adaptar la normativa municipal a la nueva realidad del tráfico en la ciudad. Para empezar, cambiará de nombre y pasará a denominarse Ordenanza de Movilidad.
A juicio del Gobierno municipal, son tres los ámbitos en los que el contenido de la actual ordenanza se ha visto sobrepasado por la realidad de una gran ciudad en constante crecimiento, con un flujo de entrada y salida de vehículos en aumento (unos 1.600.000 vehículos diarios) y con una capacidad de estacionamiento en la vía pública limitada.
Estos tres ámbitos son las reformas introducidas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la ampliación de la Zona de Estacionamiento Regulado y la creación de la categoría de "agentes de movilidad", con funciones de ordenación del tráfico que hasta la fecha habían sido ejercidas exclusivamente por los miembros de la Policía Municipal.
La Ordenanza de Movilidad trasladará al ámbito de la regulación municipal las obligaciones establecidas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por ejemplo en lo que se refiere al uso de teléfonos móviles mientras se conduce, la protección de ciclistas o el uso de sistemas de seguridad infantil en automóviles.
La nueva ordenanza consolida la utilización de modernos medios de captación de imágenes y datos aplicados al control del tráfico, habilitando su uso para la detección de infracciones, que no sólo serán de exceso de velocidad, sino que abarcarán otras conductas que actualmente sólo son denunciadas mediante la observación directa y personal del agente.
También se establecen medidas para impedir el estacionamiento de vehículos en las calles durante largos periodos de tiempo con fines meramente publicitarios o mercantiles, situación que, según el ayuntamiento, "no encontraba amparo legal que posibilitara la retirada del vehículo, alargándose en el tiempo la tramitación de un expediente cuyo final presentaba serias dificultades de orden práctico y jurídico".
ESTACIONAMIENTO REGULADO
Respecto a la Zona de Estacionamiento Regulado, los cambios más importantes son los siguientes:
- El SER puede implantarse en cualquier punto del término municipal de Madrid y modificarse el horario del servicio mediante resolución del alcalde o del órgano en el que delegue.
- Se fija una horquilla para establecer el porcentaje de plazas destinadas preferentemente a residentes de entre el 55 y 75%.
- Se crea la figura de las Areas Diferenciadas. En general, las plazas en estas áreas serán únicamente de color azul, por lo que todos los usuarios tendrán la condición de visitantes, con excepción del Area Diferenciada de Prioridad Residencial, en que las plazas serán únicamente de color verde, por lo que todos los usuarios tendrán la condición de residente.
Estas áreas se clasificarán del siguiente modo:
- "Alta Rotación". Para conseguir gran movilidad de los vehículos que transitan por ella y para evitar su congestión viaria, el usuario sólo podrá estacionar por un tiempo máximo de 30 minutos.
- "Ambito Sanitario". Su fin es dotar a los alrededores de los establecimientos sanitarios de plazas de estacionamiento destinadas a usuarios de dichos centros, que podrán estacionar su vehículo por un tiempo máximo de 4 horas.
- "Ejes Comerciales". Para dotar a los alrededores de los establecimientos comerciales de plazas de estacionamiento destinadas a usuarios que podrán estacionar por un tiempo máximo de una hora y media.
- "Espectáculos Públicos". Dotará a los alrededores de los inmuebles de espectáculos públicos de plazas de estacionamiento destinadas a usuarios que podrán estacionar su vehículo por un tiempo máximo de 4 horas, haciéndolo coincidir con el último tramo horario del servicio. En el tramo comprendido entre las 9,00 y las 16,00 horas, el tiempo máximo de estacionamiento será el fijado, con carácter general, para este tipo de plazas.
- "Prioridad Residencial". El objetivo fundamental es impedir el estacionamiento de otros vehículos que no sean residentes en este ámbito de actuación.
Otra novedad de la Ordenanza de Movilidad es la adaptación del articulado a la existencia de un cuerpo especial de funcionarios dotados de una formación y una preparación especializada en materia de tráfico y seguridad vial. Para ello, se equiparan en todos los artículos los agentes de la Policía Municipal y los agentes de Movilidad, bajo la denominación común de "agentes municipales".
(SERVIMEDIA)
31 Mar 2005
CAA