LA NUEVA LEY REFUERZA EL COOPERATIVISMO COMO MEDIO DE CREACION DE EMPLEO ESTABLE Y DE CALIDAD, SEGUN ARENAS

MADRID
SERVIMEDIA

El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Javier Arenas, presentó hoy el proyect de Ley de Cooperativas, aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros, que establece como principal novedad la reducción a tres socios del mínimo requerido para fundar una sociedad de este tipo, frente a los cinco que se exigen en la actualidad.

En rueda de prensa, Arenas explicó que la nueva ley de cooperativas responde a la demanda del sector cooperativo y "hay que situarla en el cumplimiento del Plan Nacional de Acción para el Empleo".

El ministro destacó la cifras de empleo vinculads a las cooperativas, que registran más de 220.000 puestos de trabajo, con una evolución desde 1994 del 20% en crecimiento de la ocupación. "Nuestro objetivo es impulsar el movimiento cooperativo" ya que, el empleo que crea es "estable y de calidad", recalcó.

Asimismo, Arenas subrayó la trascendencia de las cooperativas de iniciativa social "en lo que puede significar para los servicios de proximidad y para los nuevos yacimientos de empleo vinculados a los servicios sociales".

El ministro de Trabjo indicó las principales novedades del proyecto de Ley de Cooperativas, unos cambios que, a su juicio, vienen impuestos por la realidad del mercado y por la necesidad de dotar de mayor competitividad a todos los instrumentos que están vinculados a la actividad productiva y al empleo.

En este sentido, señaló que, para dotar de mayor competitividad a las cooperativas, hay que agilizar su funcionamiento y establecer mecanismos de gestión más ágiles. Con esta finalidad se reduce el número de socios para onstituir una cooperativa, que pasa de los cinco actuales a tres.

Se establece que la constitución de la cooperativa se hará por comparecencia simultánea de todos los socios promotores ante notario, con lo que se suprime el requisito de convocar una asamblea constituyente.

Además, se faculta a las cooperativas a crear la figura del administrador único en aquéllas que tengan menos de diez socios. Se permite la creación de secciones dentro de las cooperativas que desarrollen actividades distintas alas del objeto social.

La ley desarrolla el concepto de socio colaborador, que sustituye al denominado asociado, y amplía sus posibilidades de participación.

Otra novedad es la creación de la fusión especial, que consiste en fusionar una cooperativa con cualquier otra clase de sociedad civil o mercantil. También se establece la posibilidad de transformar la cooperativa en otro tipo de sociedad, sin que sea necesaria la disolución y creación de una nueva.

Asimismo, se constituye la nueva figua societaria de la cooperativa mixta, en cuya regulación coexisten elementos propios de la cooperativa y de la sociedad mercantil. Por último, el nuevo Consejo para el Fomento de la Economía Social se abre a las administraciones autonómicas y locales.

La actual normativa tendrá vigencia sobre aquellas cooperativas que trabajen en más de una comunidad autónoma, es decir, que tengan ámbito supraregional, en las que todavía no tengan ley propia, y sobre las asociaciones de cooperativas de ámbito estatal. Las comunidades que no tienen ley de cooperativas son Castilla León, Castilla la Mancha, Madrid, Murcia, Cantabria, Asturias, La Rioja, Baleares y Canarias. Actualmente están en trámite parlamentario Aragón y Galicia.

Por último, Arenas afirmó que espera que la ley pueda estar en vigor antes de que finalice el año 1998. "Desde el Gobierno le daremos la mayor urgencia posible".

(SERVIMEDIA)
15 Jul 1998
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