LA NUEVA LEY DE COOPERATIVAS REDUCE A 3 EL MINIMO DE SOCIOS FUNDADORES

- La mayor flexibilidad y la integración empresarial son dos de los principios de la nueva ley, según Pimentel

MADRID
SERVIMEDIA

El secretario general de Empleo, Manuel Pimentel, presentó hoy el anteproyecto de Ley de Cooperativas, que establece como principal ovedad la reducción a tres socios del mínimo requerido para fundar una sociedad de este tipo, frente a los cinco que se exigen en la actualidad.

Pimentel destacó dos principios que impulsan esta nueva ley: ofrecer un marco de flexibilidad donde las cooperativas puedan autorregularse y reforzar la consolidación empresarial de la cooperativa.

Explicó que "era necesaria una ley nueva que contemplara la realidad constitucional del Estado autonómico, ya que la actual en vigor es de 1987 y desde entoncs se han ido produciendo diversas transferencias de competencias a comunidades autónomas".

Añadió que también había que equiparar la normativa a las directrices comunitarias y al nuevo marco que se establecerá con la entrada de España en la Unión Monetaria Europea.

Pimentel destacó la importancia de las cooperativas, "que se están configurando como un instrumento jurídico, asociativo y económico que genera riqueza y sobre todo está generando empleo".

A su juicio, se trata de un instrumento pderoso de creación de riqueza y empleo que debe ser potenciado. "Es uno de los ejes que hay que desarrollar necesariamente dentro del Plan de Empleo que se presentará el 15 de abril en Bruselas", recalcó.

Una de las novedades del anteproyecto de ley es la reducción del número de socios para constituir una cooperativa, que pasa de los cinco actuales a tres. Esta reducción, señaló Pimentel, "facilitará la creación de este tipo de sociedades".

Con esta misma finalidad, se establece que la constitucin de la cooperativa se hará por comparecencia simultánea de todos los socios promotores ante notario, con lo que se suprime el requisito de convocar una asamblea constituyente.

Además, se faculta a las cooperativas a crear la figura del administrador único en aquéllas que tengan menos de diez socios. Se permite la cración de secciones dentro de las cooperativas que desarrollen actividades distintas a las del objeto social.

SOCIO COLABORADOR

La ley desarrolla el concepto de socio colaborador, qu sustituye al denominado asociado, y amplía sus posibilidades de participación.

Otra novedad es la creación de la fusión especial, que consiste en fusionar una cooperativa con cualquier otra clase de sociedad civil o mercantil. También se establece la posibilidad de transformar la cooperativa en otro tipo de sociedad, sin que sea necesaria la disolución y creación de una nueva.

Asimismo, se constituye la nueva figura societaria de la cooperativa mixta, en cuya regulación coexisten elementos propis de la cooperativa y de la sociedad mercantil.

Con el fin de consolidar empresarialmente las cooperativas, se flexibiliza su régimen económico con novedades en los modos de financiación. Así, se establecen nuevas modalidades de captación de recursos mediante la emisión de participaciones especiales o de títulos participativos.

El anteproyecto de ley ordena además la creación del Consejo para el Fomento de la Economía Social, con funciones asesoras y consultivas. Actuará como un órgano de coordinción entre el movimiento asociativo y las administraciones públicas.

EMPLEO

Según Pimentel, con estas normas se pretende modernizar las cooperativas y facilitar su desarrollo en una economía ordinaria, "porque una cooperativa es una mezcla de solidaridad, de trabajo asociado y de competitividad. Una cooperativa no debe pretender tan solo el ganar dinero pero tiene que tener los medios para ser competitiva y poder tener beneficios".

Por último destacó la importancia que el Gobierno otorga al desrrollo de la Economía Social como uno de los pilares donde se puede crear más empleo y de más calidad. "Entendemos que estas sociedades permiten la incorporación de personas al mercado de trabajo y por ello creemos que esta ley va a ser un impulso importante para el movimiento cooperativo y para el conjunto de la Economía Social, concluyó.

La actual normativa tendrá vigencia sobre aquellas cooperativas que trabajen en más de una comunidad autónoma, es decir, que tengan ámbito supraregional, en las quetodavía no tengan ley propia, y sobre las asociaciones de cooperativas de ámbito estatal.

Las comunidades que no tienen ley de cooperativas son: Aragón, Castilla León, Castilla la Mancha, Madrid, Murcia, Cantabria, Asturias, La Rioja, Baleares y Canarias.

Actualmente están en trámite parlamentario Extremadura y Galicia, y existe ya una ley de cooperativas vigente en Cataluña, País Vasco, Comunidad Valenciana, Navarra y Andalucía.

(SERVIMEDIA)
17 Mar 1998
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