LA NUEVA LEY DE CAMARAS NO ES INCONSTITUCIONAL, SEGUN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA
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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha considera que no xisten motivos para plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre la actual Ley de Cámaras de Comercio, sustituta de otra de 1911 a la que si se declaró contraria a la Constitución, por un régimen jurídico que obliga a pagar cuotas a las empresas.
Según la sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha del pasado 22 de diciembre, difundida hoy por el Consejo de Cámaras, "estamos en presencia de un régimen positivo distinto del que motivó la declaración de incosntitucionalidad y consiguiente nulidad de quellos preceptos".
El tribunal manchego basa su decisión en la distinta naturaleza del recurso cameral, que tras la reforma de 1993 adquiere un carácter tributario, y en la independencia entre la obligación del pago, la condición de elector y el ejercicio de los derechos que tal condición comporta, junto a la imposibilidad de que las funciones asignadas a la cámaras puedan desarrollarse por otras asociaciones con intereses muchas veces contrapuestos.
El recurso contra la nueva ley había sido plateado por una empresa de Ciudad Real, a la que se impone el pago de las costas del proceso, al tiempo que declara no procedente plantear esta cuestión ante el Tribunal Constitucional.
(SERVIMEDIA)
28 Dic 1994
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