NOTARIOS Y CAMARAS DE COMERCIO ACUERDAN IMPULSAR LA INCLUSION DE CLAUSULAS DE ARBITRAJE EN LOS ESTATUTOS DE LAS SOCIEDADES
- Ambos sectores piden que se derogue la ley que impide a los notarios ser árbitros
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El Consejo General del Notariado y e Consejo Superior de Cámaras de Comercio firmaron hoy un convenio para impulsar la introducción de cláusulas de arbitraje en los estatutos de las sociedades mercantiles o industriales, que remitan al sistema arbitral de las Cámaras para resolver las controversias que surjan entre socios o entre éstos y los administradores.
El fin del acuerdo es que los notarios, que legalmente no pueden ser árbitros, proporcionen a las empresas y a sus socios la información que se les requiera para que los laudos de ls Cámaras sean válidos y eficaces.
Asimismo, con el convenio firmado hoy se dota de mayor garantía y seguridad jurídica al sistema arbitral de las Cámaras, más rápido y económico que el judicial, dirigido a zanjar los litigios que surgen en el seno de las empresas sin acudir a los tribunales.
El presidente de los notarios, Juan Bolás, y el presidente de las Cámaras, José Manuel Fernández Norniella, coincidieron en pedir la derogación de la Ley de Arbitraje de 1988, que inhabilita a los notarios pra actuar como árbitros.
Según Bolás, en algunos países europeos, como Alemania y Austria, los notarios pueden arbitrar entre dos o más partes en conflicto. Para los notarios, el arbitraje sería una contribución más a la sociedad como expertos juristas de derecho privado, "imparciales e independientes", que tienen la ventaja de encontrarse repartidos por toda la geografía española.
(SERVIMEDIA)
22 Nov 2001
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