No acepta la introducción de "evidencia", propuesta por CiU ----------------------------------------------------------- EL PP CREE QUE ESTA "MORAL Y POLITICAMENTE" OBLIGADO A PRESENTAR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA "LEY CORCUERA"
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EL Partido Popular (PP) estará "moral y políticamente" obligado a presentar un recurso de inconstitucionalidad contra el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana si el PSOE no retira los polémicos artículos 20 y 21, que hacen referencia respectivamente a la "retención" de indocumentados y a la entrada en domicilios sin mandamiento judicial, según dijo hy el portavoz del PP en el Senado, José Miguel Ortí Bordás.
En rueda de prensa, Ortí Bordás tildó de "inconcebible" la negativa del partido gobernante a admitir alguna de las emniendas de la oposición durante el debate del texto en comisión en el Senado, el pasado martes, y añadió que, a día de hoy, la única posibilidad de que su partido no presente recurso ante el Tribunal Constitucional es que los dos artículos sean suprimidos.
El PP, matizó, ni siquiera sentiría satisfechas sus pretensiones dereforma del proyecto de ley en el caso de que el PSOE decidiera aceptar el resto de sus enmiendas durante el pleno del próximo día 14, en el que se aprobará finalmente la ley si no sufre modificaciones.
Justificó esta actitud en el hecho de que su partido se cree obligado, en nombre de los españoles, a hacer un "esfuerzo parlamentario" para salvaguardar la libertad, conculcada, en su opinión, con ese texto, como filosofía fundamental que inspira la Constitución. "Tenemos la sensación de que este proyeto de ley puede hacer menos libres y más inseguros a los españoles", añadió.
Preguntado si el PP aceptará la oferta del CDS, que ayer pidió "socios" para presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la "Ley Corcuera", José Miguel Ortí Bordás contestó: "De ninguna manera".
Según recoge la Constitución, uno o varios partidos están facultados para presentar recurso de inconstitucionalidad si reúnen las firmas de 50 diputados y senadores, y el CDS sólo tiene 14 diputados, por lo cual se ve oblgado a juntar sus firmas con las de algún "socio".
"Mi partido", comentó hoy Ortí Bordás, "tiene argumentos, razones y escaños suficientes, como para tomar la decisión de presentar un recurso de inconstitucionalidad si el texto que apruebe en sesión plenaria esta Cámara (el día 14) sigue siendo inconstitucional".
"EVIDENCIA" NO ES "FLAGRANCIA"
El artículo 20 de la "Ley Corcuera" contempla la posibilidad de que un policía requiera a un indocumentado para ir a comisaría en calidad de "retenido" hsta que sea identificado.
En opinión de los juristas del PP, la única figura admisible es la de "libertad o detención", mientras que la "retención" es ajena al ordenamiento jurídico español "y convierte en sospechosos a todos los españoles", afirmó Ortí Bordás.
Expresó su convencimiento de que detrás de la redacción de ese artículo, así como de la redacción del polémico artículo 21, párrafo dos, se esconde la voluntad del Gobierno de gozar de más discrecionalidad a la hora de aplicar la ley.
"Por qué, si no, esa insistencia en sustituir conceptos acuñados por la jurisprudencia (detención, delito flagrante) por otras expresiones como `conocimiento fundado' o `retención'", se preguntó.
El portavoz del PP advirtió que, en contra de los temores de algunos sectores sociales, que temen que este proyecto de ley abra una vía para que la Policía actúe arbitrariamente, las fuerzas de seguridad no van a gozar de ese control, sino la autoridad política que las dirige, el Gobierno.
Por otro lado,el PP, al igual que el resto de los partidos de oposición, considera inaceptable la expresión "conocimiento fundado" del delito (artículo 21), como causa para entrar en casa de un narcotraficante sin mandamiento judicial.
No obstante, José Miguel Ortí Bordás comentó que la sustitución de esa expresión por la palabra "evidencia", como propone Convergència i Unió (CiU), tampoco satisface al partido mayoritario de la oposición, porque no es lo mismo que "delito flagrante", único supuesto en que la Constiución admite la entrada en un domicilio sin mandamiento judicial.
"Ello no haría que estuviéramos en presencia del delito flagrante, como exige la Constitución para entrar en un domicilio sin mandamiento judicial. La evidencia se aproxima más a la flagrancia que el conocimiento fundado, pero la certeza que se desprende de evidencia no equivale a la flagrancia", dijo.
(SERVIMEDIA)
10 Ene 1992
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