NARCO. EL SUPREMO CONCLUYE QUE LOS 3 JUECES NO PREVARICARON AL DEJAR EN LIBERTAD A "EL NEGRO"
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El magistrado de la Sla de lo Penal del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar ha decidio archivar el caso abierto contra Carlos Cezón, Juan José López Ortega y Carlos Ollero, los tres jueces de la Audiencia Nacional que dejaron en libertad al presunto narcotraficante Carlos Ruiz de Santamaría, alias "el Negro". En su opinión, no cometieron el delito de prevaricación de que se les acusaba.
Carlos Ruiz de Santamaría es uno de los 37 acusados que iba a ser juzgado por la "Operación Temple" y actualmente se encuentra en paraero desconocido.
Sánchez Melgar considera que no hay "ningún móvil" que justifique que los tres jueces prevaricaron. "Queda igualmente descartado cualquier indicio de lucro económico que pudiese haber beneficiado a los querellados", añade. "La investigación de los patrimonios privados de los magistrados, exhaustivamente practicada en el sumario, no arroja dato alguno en este sentido".
El instructor divide su argumentación en dos partes. En primer lugar, se refiere a la concesión de libertad de Calos Ruiz de Santamaría "el Negro"; en segundo lugar, a las escasas medidas cautelares que se adoptaron tras la liberación.
En cuanto a la primera, Sánchez Melgar considera que los tres magistrados no prevaricaron, porque basaron su decisión en el informe del psiquiatra de la cárcel de Valdemoro, Angel Hebrero, "que evidenciaba un alto grado de probabilidad de suicidio" del presunto narcotraficante.
No obstante, Sánchez Melgar estima que la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Naconal debería haber contrastado el informe del psiquiatra con otra prueba pericial médica, para que el Ministerio Fiscal tuviese la oportunidad de solicitar otro tipo de medidas cautelares.
"La decisión de acordar la libertad provisional del presunto narcotraficante huido a causa del padecimiento de una enfermedad que le suponía un riesgo de suicidio, podrá no ser compartido, si se quiere, pero no es una decisión palmariamente injusta", explica Sánchez Melgar.
En segundo lugar, respecto a las medias cautelares que se adoptaron tras la concesión de la libertad, el instructor considera que sí pueden tildarse de "injustas, por erróneas".
Así, señala que la cuantía de la fianza fijada (30.000 euros) fue "muy exigua" para evitar el riesgo de fuga. Además, destaca que los magistrados decidieron que Carlos "el Negro" compareciese cada quince días ante la Audiencia Nacional, cuando los propios abogados del presunto narcotraficante estaban dispuestos a que se personase cada día.
EL TURNO DEL CGPJ
Tras la decisión de Sánchez Melgar de archivar la querella presentada por la fiscalía contra Cezón, López Ortega y Ollero, le toca el turno al Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Deberá ser dicha institución la que decida si sanciona a Cezón, López Ortega y Ollero por una falta muy grave prevista en el artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), consistente en "la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de proceso y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales".
El instructor del expediente, el presidente de la Sala Civil del Tribunal Supremo, Ignacio Sierra Gil de la Cuesta propuso en su día al CGPJ que sancionara a los tres mencionados jueces con siete meses de suspensión, lo que supondría que Cezón, López Ortega y Ollero perdería su plaza en la Audiencia Nacional.
Cezón, López Ortega y Ollero se encuentran apartados de sus funciones judiciales desde el pasado 6 de febrero, cuano el CGPJ decidió suspenderles cautelarmente, hasta que el Tribunal Supremo resolviese la querella interpuesta contra ellos.
(SERVIMEDIA)
14 Mayo 2002
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