Amnistía
Murcia recurre la amnistía ante el TC por "lesionar" la igualdad y la separación de poderes
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El Gobierno de la Región de Murcia presentó este lunes en el Tribunal Constitucional su recurso contra la ley de amnistía por entender que no tiene cabida dentro de la Constitución, que es contraria a principios fundamentales como la igualdad entre españoles o la separación de poderes, y que produce “un menoscabo de las finanzas públicas que indirectamente afectan al resto de España”.
La impugnación del Ejecutivo dirigido por Fernando López Miras expone dos argumentos principales. El primero es que la Constitución “no hace mención alguna a la institución de la amnistía”. Y, además, prohíbe expresamente los indultos generales. “La amnistía no tiene amparo en la Constitución, quien prohíbe lo menos prohíbe lo más”.
El segundo reside en que, incluso en el caso de que si tuviera encaje en la Carta Magna, la amnistía vulnera de forma “flagrante” de hasta seis principios fundamentales consagrados en el ordenamiento jurídico.
El primero es la “interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”. El Gobierno murciano avisa de que el legislador no puede declarar a un grupo de personas inmunes frente al Derecho y “borrar para ellas retroactivamente la existencia de unos delitos sustituyendo así al Poder Judicial y lesionando gravemente la seguridad jurídica”.
También considera que se rompe con la igualdad entre españoles porque los líderes del ‘procés’ condenados o acusados pueden quedar exentos de la imposición de unas penas que a otros ciudadanos sí se les aplicaría en esa misma situación. “No cabe una discriminación mayor”.
La Región de Murcia entiende que la amnistía lesiona también la separación de poderes porque el legislador usa sus poderes para “trastocar el significado” de este principio sustancial del Estado de Derecho, “infiriendo en el terreno de un poder distinto del propio”.
Por otro lado, el recurso denuncia que la amnistía no respeta los parámetros exigidos por el TC para reconocerle su carácter como ley singular, “al carecer de una justificación objetiva de su carácter excepcional o particular”. “Responde a la arbitrariedad del legislador. Ello queda patente en el hecho de que el Senado, que también forma parte de las Cortes Generales, rechazó que la iniciativa esté fundamentada en el interés general”, añade el texto.
A continuación, el Gobierno de López Miras considera que la amnistía “infringe el más elemental principio de justicia, pues las mismas fuerzas políticas en que estaban integrados los beneficiados por la amnistía por los delitos que habían cometido, no solo no hayan manifestado arrepentimiento, sino que manifiestamente estén dispuestos a ejecutar esos mismos hechos delictivos”.
Por último, el texto subraya que la extinción de la responsabilidad contable vulnera el artículo 31 de la Constitución, que exige que todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos bajo los principios de igualdad y progresividad. Además, recuerda que la Unión Europea exige que existan sanciones penales efectivas y disuasorias para proteger los recursos públicos.
(SERVIMEDIA)
09 Sep 2024
PTR/pai