MULTA DE 600.000 EUROS POR CAPTACIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS SIN AUTORIZACIÓN A UNOS EMPRESARIOS AGRÍCOLAS
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El Consejo de Ministros acordó hoy imponer una sanción demulta y la obligación de indemnizar por los daños causados al Dominio Público Hidráulico a la Comunidad de Bienes José María Campos Peña y Hermanos, en el término municipal de Aznalcázar (Sevilla).
La multa impuesta asciende a 601.012 euros y la valoración de los daños causados al Dominio Público Hidráulico se eleva a 1.123.416 euros.
Esta sanción e indemnización se ha establecido como consecuencia de la denuncia de la Guardería Fluvial, en la que constaba que tienen en explotación once captacions de aguas subterráneas y siete pozos propios para el riego de 338 hectáreas de arroz, 86 hectáreas de algodón y 20 hectáreas de remolacha, en el sitio denominado Hato Blanco Viejo, en el término municipal de Aznalcázar, sin la autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, organismo dependiente del Ministerio de Medio Ambiente.
La sanción se sustenta en la vigente Ley de Aguas al considerar que se ha producido una infracción muy grave con la puesta en riesgo de 444 hectáreas sin la atorización del organismo de cuenca.
Además, se impone a la Comunidad de Bienes José María Campos Peña y Hermanos la obligación de inutilizar los pozos no autorizados en el plazo de quince días y la obligación de abstenerse de utilizar las captaciones para los riegos no autorizados, advirtiéndole de que, en caso contrario, se podrán adoptar las medidas que procedan.
Por último, se considera responsabilidad de la Comunidad de Bienes los daños y perjuicios que por el incumplimiento se puedan ocasionr al Dominio Público Hidráulico y a terceros.
(SERVIMEDIA)
13 Feb 2004
SBA