MUJER. EL EJERCITO NO TENDRA LA PRIMERA MUJER GENERAL ANTES DE 15 AÑOS

MADRID
SERVIMEDIA

Las Fuerzas Armadas españolas no tendrán la primera mujer general antes de quince años, para los cuerpos comunes de los trs ejércitos, y de 20, para el cuerpo general, según informaron a Servimedia fuentes del Cuartel General del Ejército de Tierra.

La progresiva incorporación de la mujer al ejército ha permitido que, en la actualidad, las militares supongan el siete por ciento del total de miembros que lo componen.

En la escala de oficiales, su presencia es mayor en los denominados cuerpos comunes, que componen los servicios jurídicos, sanitarios o de interventores, entre otros, que en el cuerpo general, en el que e integran las unidades operativas de los tres ejércitos, Aire, Tierra y Armada.

Sin embargo, los plazos mínimos necesarios, de media, para ascender en las escalas de oficial establecidas, salvo excepciones, unido a la reciente incorporación de la mujer a las mismas, no hace prever que el primer nombramiento de una mujer como general se produzca antes de los periodos de tiempo señalados.

Así, para llegar a ser general de brigada o de división, es necesario ascender consecutivamente de teniente a apitán, a comandante, a teniente coronel y a coronel.

De acuerdo con fuentes militares consultadas, la media de tiempo necesario para poder ser nombrado general oscila entre los 15 y 20 años. De este modo, lo habitual es que un teniente recién salido de la Academia, con unos 24 años, pueda ser general cuando cumpla alrededor de los 50.

La excepción viene dada por la evolución de la hoja de servicios de cada militar. Los méritos logrados por la experiencia en servicios determinados, el currículo aadémico o la realización de cursos en unidades extranjeras de prestigio, por ejemplo, ayudan a acortar los plazos, pero no es lo habitual.DESTINOS

En relación con la situación de la mujer en el seno del Ejército, el Gobierno suprimió recientemente el último obstáculo reglamentario que impedía el pleno acceso de las mujeres a cualquier destino dentro de las Fuerzas Armadas, particularmente a unidades especiales como La Legión o las brigadas paracaidistas.

Sobre este particular, derogó el artíclo 25 del Reglamento de Tropa y Marinería Profesional de las Fuerzas Armadas, que limitaba las posibilidades de la mujer para acceder y ocupar determinados destinos en los ejércitos.

(SERVIMEDIA)
30 Ene 2000
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