LA MUERTE DE UN AUTOMOVILISTA DA LUGAR A INDEMNIZACION A A SU ESPOSA Y SU PAREJA DE HECHO
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La copañía de seguros Mapfre tendrá que indemnizar con 6.395.000 pesetas a la esposa de un automovilista que falleció en accidente de tráfico y con 4.605.000 a la mujer con la que convivía de manera estable.
En una sentencia difundida hoy, el Tribunal Constitucional ha confirmado estas indemnizaciones, fijadas por la Audiencia Provincial de Córdoba, al resolver un recurso de amparo intepuesto por la pareja de hecho, que reclamaba una revisión de las cantidades pagada por la aseguradora a ella y a sus hijos
El conductor fallecido, que murió en un accidente provocado por un automovilista asegurado con Mapfre, estaba separado de hecho, pero no de derecho, de su primera mujer y convivía de manera estable con otra.
El 10 de marzo de 1995, el juzgado de instrucción número 2 de Pozoblanco (Córdoba) dictó sentencia, en el juicio de faltas seguido por la muerte en accidente de tráfico de Antonio Muñoz Reyes, y condenó al conductor del vehículo que provocó el accidente y a su compañía de seguros, Mapfre, coo responsable directa y solidaria, a indemnizar a la esposa y a la pareja de hecho del fallecido.
Contra dicha sentencia interpusieron recurso el acusado y la compañía de seguros y se adhirió parcialmente la mujer que convivía con el fallecido, por no estar de acuerdo con la cantidad de la indemnización que se la otorgaba tanto a ella como a sus hijos.
La Audiencia Provincial de Córdoba estimó en parte el recurso y redujo las indemnizaciones a la esposa del fallecido de 15 a 7 millones de pesetasy la cantidad para la mujer que convivía con la víctima, Manuela García Cámara, de 12 a 7 millones.
Ante la posibilidad de que Mapfre reclamara la diferencia, la recurrente pidió al Tribunal Constitucional que suspendiera la ejecución de la sentencia, alegando su falta de medios.
(SERVIMEDIA)
23 Jun 1998
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