LAS MOTOS Y LAS BICICLETAS NO PUEDEN APARCAR EN LAS ACERAS, SEGUN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha decretado que las motos y bicicletas no pueden estacionarse en las aceras de Madrid, aunque así lo decidiera el Ayuntamiento, según un comunicado difundido hoy por dicho tribunal.
De esta manera, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM ha estimado parcialmente el recurso presentado por la "Asociación de Viandantes a Pie" contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de julio de 1998, que aprobó definitivamente la Ordenanza de Circulación de la Villa.
En concreto, estima que procede anular el segundo párrafo del artículo 8 que dice que "cuando se trate de señales no incluidas en el Reglamento General de Circulación, la Autoridad Municipal aprobará el modelo de señal que para cada paso considere más adecuado, procurando darle la máxima difusión posible para conocimiento de los ciudadanos de la Villa".
El Alto Tribunal de Madrid entiende que el Ayuntamiento de Madrid se está "autoatribuyendo competencias que no tiene encomendadas".
La sentencia anula también el párrafo segundo del artículo 69, que establece que "igualmente podrán estacionar en las aceras (los vehículos de dos ruedas, ya sean motocicletas, ciclomotores o bicicletas,) cuando en la calzada no exista lugar reservado para esta clase de vehículos a menos de cincuenta metros o su estacionamiento en la misma resulte dificultoso".
Para el TSJ de Madrid, el Ayuntamiento "no puede permitir lo que la ley expresamente prohíbe, porque contravendría el principio de Legalidad y el de Jerarquía Normativa".
(SERVIMEDIA)
17 Feb 2005
VBR