LA MITAD DE LAS CONDENAS POR VIOLENCIA DOMESTICA QUE SON REBAJADAS SE REFIREN A CASOS DE ASESINATO Y VIOLACION

MADRID
SERVIMEDIA

La Federación de Mujeres Progresistas ha elaborado un informe sobre 76 sentenciasaparecidas en distintos medios de comunicación, y en las que se han minimizado los delitos o se han rebajado las penas a hombres que han ejercido la violencia contra las mujeres, bien sea en forma de asesinato, violación, agresión sexual, abusos, malos tratos o cualquier otra forma de agresión.

Según datos de este estudio, al que ha tenido acceso Servimedia, los delitos de asesinato, violación o intento de violación acaparan más de la mitad de los casos en los que la sentencia ha sido rebajada.

E segundo y tercer lugar lo ocupan los delitos de agresiones sexuales con 7 sentencias absolutorias o rebajadas, y bien diferenciadas de otras 5 sentencias en las que la tipificación es de agresión sexual.

El cuarto lugar está ocupado por los delitos tipificados de una manera genérica como malos tratos, sobre los que ha habido 2 sentencias en los que se ha conmutado la pena a los agresores por cursillo sobre la dignidad de la mujer o tratamiento antialcohólico.

El informe también revela una sustanial diferencia entre las sentencias rebajadas o minimizadas a los que cometen delitos contra las mujeres en Cataluña y en el resto de España, sea cual sea la instancia jurídica a que se refieren.

En este sentido, la diferencia oscila entre un 53% de sentencias rebajadas correspondientes a Cataluña y el 20% de la comunidad que le sigue en importancia, que es Madrid. En concreto, en Cataluña 29 sentencias han sido rebajadas, en Madrid 11, en Navarra, Galicia y Baleares 3, y en Canarias, Aragón, Castilla-a Mancha y País Vasco 2.

Para la federación que preside Enriqueta Chicano, estas sentencias, recogidas desde julio de 2000 a julio de 2001, no sólo atentan contra la dignidad de las mujeres sino contra el sentido común y la común idea de la justicia que tienen los ciudadanos.

CLAMAN AL CIELO

El informe de la federación concluye con el repaso a diversas sentencias recogidas en distintos diarios españoles que, en su opinión, "claman al cielo o, cuanto menos, al sentido común".

Una sentencia e la Audiencia Provincial de Barcelona relata que A.H.J. fue absuelto de un delito de agresión sexual contra su nieta, a pesar de que el auto reconoce que la niña no ha fabulado ni inventado nada, y reconoce que fue muy clara al explicar las "cosas feas" que le hizo su abuelo. No obstante, el tribunal estima que hay contradicciones en la declaración de la menor y que "las características del pene del abuelo no coinciden".

Otra del Tribunal Supremo relata que este tribunal rebajó la condena de 5 años d cárcel y 400.000 pesetas de indemnización que la Audiencia de Lérida impuso a un hombre que había agredido sexualmente a una joven deficiente mental y epileptica, por una simple multa de 120.000 pesetas, al estimar que debe aplicarse un tipo penal más beneficioso porque sólo hubo penetración digital y medió el consentimiento de la vícitma, aunque éste fuese motivado por la situación de inferioridad derivada de su retraso mental.

Entre todas las sentencias recogidas, la federación destaca "la excepció que confrima la regla". Se trata de una sentencia del Tribunal Supremo. Rafael Recort recurre la sentencia que la había condenado a 5 años de prisión por abusos sexuales a la hija de su compañera y malos tratos a ambas, basándose en que no estaba probada la habitualidad de las agresiones y en que éstas consituían dos faltas de lesiones ya prescritas.

El Tribunal Supremo deniega el recurso y sentencia que el delito de violencia doméstica es "distinto de los concretos actos de agresión... al atentar elmaltrato familiar a valores constitucionales de primer orden como el deracho a la dignidad de la persona y al libre desarrollo de la personalidad. En la misma reclama que las situaciones de violencia se aborden como un problema social y se arbitren las medidas necesarias desde la prevención, la ayuda a las víctimas y una respuesta penal suficiente".

(SERVIMEDIA)
08 Ago 2001
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