EL MINISTERIO DE DEFENSA SALE AL PASO DE LAS PROTESTAS DE LAS ASOCIACIONES DE USUARIOS DE VIVIENDAS MILITARES
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La Dirección General de Relaciones Informativas y Sociales de la Defensa (DRISDE) salió hoy al paso de las reinvindicaciones de las asociaciones de usuarios de viviendas militares, a través de una nota informativa en la que explica la actuación del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas y en la que señala que "el Tribunal Supremo en diversas sentencias a desestimado el recurso contra las diversas órdenes ministeriales, declarándolas ajustadas a derecho".
La nota, tras hacer referencia a las acciones de protesta protagonizadas por las asociaciones de usuarios "la Dehesa del Príncipe", "Virgen del Puerto y "Poeta Esteban Villegas", afirma que "este colectivo rechazó ayer una oferta de diálogo por parte del INVIFAS (Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas)".
Expone que dicho colectivo basa su desacuerdo primordialmente en el rechazo del ontenido del real decreto 1751/90, de 20 de diciembre, por el que se crea el INVIFAS, se suprimen los antiguos patronatos de casas militares de los tres Ejércitos y se establece una nueva política de vivienda militar para dar cobertura al personal en servicio activo derivada de su movilidad geográfica y atendiendo a razones de operatividad de los Ejércitos.
La nota del DRISDE señala los criterios con que el Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas está actuando en el tema de desalojos.
E síntesis esos criterios son:
"Instruir prioritariamente los expedientes administrativos de desalojo a aquel personal que ocupa la vivienda indebidamente y sin ninguna razón objetiva para continuar en dicha ocupación".
"Abrir los expedientes correspondientes al personal de la Reserva Transitoria, de forma gradual en función de las posibilidades administrativas, comenzando por el personal de menor edad, que, razonablemente y al ser su petición voluntaria, coincidirá con los que habrán conseguido pesto de trabajo en el mercado laboral más fácilmente y motivo por el que, en uso de su derecho y legítimos intereses, abandonaron inicialmente las Fuerzas Armadas".
"En todo caso", añade, "el alto número de estos expedientes y el escrupuloso cumplimiento de todo proceso administrativo en la incoación de aquellos, ha derivado en la situación de hecho de que el personal de la Reserva Transitoria que a requrimiento del INVIFAS no ha abandonado la vivienda (lo ha hecho ya un número de 220) ha obtenido un lazo mínimo de 3 años desde la fecha en que debió abandonar la vivienda".
También señala que "en casos especiales y por razones humanitarias, por resolución del Ministerio de Defensa se han concedido, a petición de los interesados, prórrogas expresas de desalojo en virtud de los señaldo en el artículo 34 del real decreto 1751/90".
En relación con los cánones de uso, la memoria justificativa del citado real decreto, establece como política general que el canon de uso "estará en torno a la mitad de precio medio del mercado de alquiler en cada zona o lacilidad donde se ubiquen las viviendas", dice la nota del Drisde.
(SERVIMEDIA)
26 Abr 1995
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