MENDEZ (UGT) CONFIA EN QUE LA DEFENSORA DEL PUEBLO INTERPONDRA RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA REFORMA LABORA
- Los sindicatos presentan mañana ante Retuerto un recurso de amparo
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Los secretarios generales de UGT, Cándido Méndez, y de CCOO, Antonio Gutiérrez, presentarán mañana ante la defensora del Pueblo, Margarita Retuerto, un recurso de amparo por el que le solicitan que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma laboral.
Méndez explicó hoy a Servimedia que "mañana presentaremos un escrito ante la defensora del Pueblo en el que aducimos unaserie de contenidos de la reforma que vulneran la Constitución. El objetivo es que lo valore y analice y si coincide con nuestros criterios, que creo que sí, porque nuestros argumentos son muy sólidos, lo tramite al Tribunal Constitucional para que decida".
Este informe sobre la inconstitucionalidad de la reforma laboral ha sido realizado por los abogados de los gabinetes jurídicos de ambos sindicatos y por abogados independientes y profesores y catedráticos de Derecho del Trabajo, entre los que figurn Manuel Ramón Alarcón, Manuel Serna, Antonio Baylos, Gabriel García Becedas, Ignacia García Perrote y J.A. Gimbernat.
Los sindicatos han decidido acudir al Defensor del Pueblo, ya que descartan completamente contar con los 50 parlamentarios que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional exige para interponer el citado recurso, dado que únicamente IU y Coalición Canaria rechazaron la reforma laboral, y no alcanzan los 50 diputados.
Según el líder de UGT, las medidas de la reforma laboral que lossindicatos consideran inconstitucionales hacen referencia fundamentalmente al contrato de aprendizaje y al de tiempo parcial, que, a juicio de los sindicatos, son discriminatorios y atentan contra el principio de suficiencia en materia de retribuciones.
En concreto, explicó Méndez, los sindicatos consideran inconstitucional el contrato a tiempo parcial con duración inferior a 12 horas semanales o 48 al mes, al entender que la exclusión de la protección por desempleo, incapacidad laboral transitoria, ivalidez y jubilación está basada únicamente en el factor duración del tiempo de trabajo.
Además, según Méndez, este contrato vulnera también el derecho a la igualdad "a través de una discriminación indirecta". Explicó que más de dos tercios de los contratos a tiempo parcial que se formalizan corresponden a mujeres, de manera que por el hecho de ser mujeres se les hace este tipo de contratos, que, además, son discriminatorios en materia de protección social.
Las mismas críticas hacen los sindicato al contrato de aprendizaje, que fija dos salarios mínimos distintos basándose en la edad del trabajador (ser mayor o menor de 18 años), lo que, a su juicio, atenta contra la doctrina del Constitucional, que declaró injustificado el que por la mera razón de edad se pudieran establecer retribuciones de salarios mínimos diferentes.
Además, UGT y CCOO consideran que el contrato de aprendizaje es también inconstitucional, al excluir a beneficiarios del régimen general, no integrados en ningún régimen espeial, de la protección de muchas contingencias previstas en el régimen general, como el desempleo, la invalidad provisional y la incapacidad laboral transitoria.
(SERVIMEDIA)
28 Jul 1994
NLV