UN MEDICO, CONDENADO A PRISION POR IMPRUDENCIA EN EL DIAGNOSTICO A UNA EMBARAZADA QUE ACABO TETRAPLEJICA Y SIN HIJO

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condenó hoy a un año de prisió e impuso una multa de 75 millones de pesetas a un médico por imprudencia a la hora de diagnosticar a una enfermedad a mujer embarazada, que acabó tetrapléjica y sin hijo.

La mujer padecía una meningitis tuberculosa que no le fue detectada durante el embarazo. María Victoria Muriel Ortega había acudido a consulta de la Seguridad Social para ser atendida del embarazo y, a pesar de explicar que sentía cansancio, apatía, pérdida de peso y tos, el médico le insistió en que eran dolencias normales del embaazo.

Pasados los días, la paciente continuó con molestias en la garganta y su estado general no mejoró. Tras ser examinada por el médico de cabecera, éste señaló que sólo se trataba de una faringitis aguda.

Un mes después, la mujer comenzó a presentar inflamaciones en las cervicales y, cuatro semanas más tarde acudió a urgencias tras sufrir vómitos y un desmayo, circunstancias que según el doctor se debieron a una "intolerancia alimentaria por ingesta de una pizza".

A los tres días, la mujercayó en coma debido a una meningitis tuberculosa, por lo que se le tuvo que practicar una cesárea para sacarle el feto, que murió 48 horas después.

Según el Supremo, habiendo presentado la mujer "evidentes" síntomas de meningitis tuberculosa, "en un lugar donde ya era conocido entre el personal médico la recurrencia de casos de tuberculosis", lo lógico hubiera sido aplicar los análisis necesarios. No hacerlo así es considerado por el Alto Tribunal como una imprudencia grave.

Como consecuencia de ste diagnóstico tardío, la mujer quedó tetrapléjica, sufrió diversas secuelas físicas y neurológicas, además de ver reducida su capacidad intelectiva y padecer depresión y secuelas psíquicas.

El médico ha sido condenado a un año de prisión y dos de inhabilitación por un delito de imprudencia grave y, solidariamente con la Servicio Valenciano de Salud y con la aseguradora UAP, deberá pagar a la afectada 75.453.860 de pesetas.

El Supremo absuelve al doctor del delito de aborto por el que había sidocondenado, al entender que el fallecimiento del niño se produjo después de su nacimiento, como consecuencia de la enfermedad de la madre.

(SERVIMEDIA)
02 Jul 1999
VBR