MAS DE 9.000 MENORES EXTRANJEROS HAN SIDO ACOGIDOS POR LOS SERVICIO SOCIALES DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS DESDE 1999

MADRID
SERVIMEDIA

Los servicios de protección de menores de las comunidades autónomas españolas se han hecho cargo durante los últimos tres años de más de 9.000 menores extranjeros sin padres ni tutores identificados, según datos del Ejecutivo a los que tuvo acceso Servimedia.

Los datos de lo que dispone el Ejecutivo indican que en el año 2000 fueron acogidos 3.265 menores, una cifra muy similar a la de 1999, cuando se situó en 3.265 nios. En cuanto al año pasado, la información aportada por los centros indica un número similar.

Las comunidades que se hicieron cargo de mayor número de menores el año pasado fueron Andalucía, con 875; Madrid, que alcanzó los 652; Cataluña, donde fueron acogidos 427 niños; Comunidad Valenciana, donde fueron 305; y Canarias, con 281.

NIÑOS DE MARRUECOS Y EUROPA DEL ESTE

La mayoría de los menores en situación de desamparo acogidos por la Administración proceden de Africa, con un porcentaje superio al 79 por ciento, de los que la mayoría son súbditos de Marruecos.

Entre los niños de origen europeo, que suponen en torno al 10 por ciento de los menores acogidos en nuestro país, más de un 40 por ciento vienen de los países del Este y el resto de la Unión Europea, especialmente de Portugal, Alemania y Francia.

Por lo que se refiere a los hijos de inmigrantes americanos, que suponen cerca del cinco por ciento, la mayoría proceden de Colombia, Ecuador, República Dominicana y otros países iberoamricanos; y los menores originarios de Asia, que no llegan al dos por ciento, son principalmente de China, India y Paquistán.

En cuanto a las solicitudes de asilo por parte de menores no acompañados, han alcanzado las 208 entre 1996 y el año 2000, aunque se fueron reduciendo progresivamente, pues hace cinco años fueron 163 y en el 2000 se limitaron a cuatro.

REPATRIACION O RESIDENCIA

El Ejecutivo hace referencia también, en una respuesta parlamentaria, al tratamiento que se da a los menores sin utor identificado. Cuando las Fuerzas de Seguridad localizan a un inmigrante indocumentado cuya edad no puede establecerse, se le facilita la atención que precise y se pone en conocimiento del Ministerio Fiscal para determinar si es o no menor de edad.

En caso de que lo sea, el menor es puesto a disposición de los servicios de protección de menores, y la Administración analiza si procede devolverle a su país, de acuerdo con el principio de reagrupación familiar.

Cuando no es posible el regreso de menor a su país de origen, transcurridos nueve meses desde que fue puesto a disposición de los servicios de protección de menores, se le otorga el permiso de residencia.

(SERVIMEDIA)
05 Feb 2002
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