MALOS TRATOS. LA FISCALIA DEL TSJ DE EUSKADI NO CREE NECESARIO AUMENTAR LAS PENAS POR MALTRATOS EN EL HOGAR
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Las penas que establece el Código Penal para aquellas personas que agreden al cónyuge o la compañera sentimental resultan suficientes, por lo que no es necesario aumentarlas para combatir este delito, según concluye la Memoria de 1997 de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia (TJ) del País Vasco.
Para la Fiscalía del TSJ de Euskadi, las penas actuales, que van de seis meses a tres años, pueden "resultar suficiente para cumplir una función de prevención general", y añade que son proporcionadas a la gravedad de los hechos y adecuadas "para que quien los cometa sufra las consecuencias de su acción".
Sin embargo, la memoria reconoce que en dicha regulación quedan excluidos los malos tratos psíquicos, aunque justifica la ausencia por la dificultad que entraña probar este tip de acciones.
Además, destaca que para combatir los delitos por malos tratos en el ambiente familiar es necesario que las personas agredidas denuncien los hechos, algo que no siempre ocurre a pesar de la importante repercusión que tienen este tipo de acciones delictivas en los medios de comunicación.
El informe indica que si bien muchas mujeres maltratada presentan denuncia inmediatamente después de que se produzca la agresión, el día de la vista algunas retiran la demanda alegando que en realida no paso nada o que perdonan al agresor.
Según la Fiscalía, este cambio de actitud está motivado por las presiones que reciben las víctimas o en algunos casos porque tratan de evitar mayores tensiones en el seno familiar.
Esta realidad dificulta la persecución del delito y la imposición de las correspondientes condenas a los autores, por lo que el informe concluye señalando que "si queremos desde el punto de vista penal, evitar las continuas violencias que de forma reiterada se sucenden en el hogr, normalmente por parte de los hombres hacia las mujeres (...), es necesario tener conocimiento de los hechos, así como una voluntad firme de la mujer de mantener su denuncia".
(SERVIMEDIA)
23 Mayo 1998
GJA