MAGISTRADO MARINA: "ME NIEGO A PENSAR QUE EN EL CONSTITUCIONAL HAYAN INFLUIDO POSTURAS ANTERIORES"

MADRID
SERVIMEDIA

El magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo, Jesús Marina, declaró esta tarde a Servimedia que en la revocación por parte del Tribunal Constitucional de otra sentencia de esa Sala no ha nfluido la polémica protesta al Rey por el fallo sobre la paternidad. "No es posible. No es posible. Me niego a pensar que un órgano tenga capacidad de reacción pensando en retorcer las molestias (entre ambas instituciones)", afirmó.

"Me niego rotundamente a pensar que pueda influir en decisiones posteriores posturas anteriores", afirmó Marina en referencia a la revocación de una sentencia de la Sala Primera, que había condenado en última instancia al periódico "La Voz de Asturias" y a dos periodistasde ese diario por unas críticas a funcionarios del Icona.

Los condenados recurrieron en amparo al Constitucional, que ha fallado que el periódico tiene derecho a comunicar "información veraz"; entendiendo por veracidad no el contenido de lo publicado, sino la sola comprobación de que las declaraciones se hicieron "y por la persona a quien se imputan".

"Yo creo que la categoría de los miembros del Tribunal Constitucional está por encima de toda sospecha. Eso es lo que yo pienso. No tengo ninguna dda. Cuando yo estaba en el juzgado y la Audiencia me revocaba una sentencia, jamás pense que pudiera haber nada que no fuera servir a la función", advirtió Jeús Marina.

En opinión del magistrado de la Sala Primera del Supremo, el estilo de los jueces -"y ellos también son jueces"- está el "respeto" a la instancia superior. "Un juez normalmente no se molesta por el ejercicio del tribunal superior. Esto es cuestión de criterio".

Además, añadió, esta sentencia no se parece a la emitida por el Constiucional sobre paternidad, en la que anuló la sentencia del Supremo por violar derechos constitucionales y restituyó la anterior, de una Audiencia. "Eso es lo que no puede hacer (el Constitucional)".

"El Tribunal Constitucional tiene facultades para expulsar normas del ordenamiento jurídico, para decidir conflictos de atribuciones entre órganos, para dar amparo a todos los ciudadanos y éste es atrvés de la nulidad de los actos, pero no puede entrar, convirtiendose en instancia, a decir cuál es la sentecia buena", concluyó.

(SERVIMEDIA)
16 Feb 1994
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