MADRID. LA EMPRESA QUE EXPLOTE EL HIPODROMO TENDRA TAMBIEN LA CONCESION DE LS APUESTAS HIPICAS
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La empresa que explote el Hipódromo de la Zarzuela tendrá, asimismo, la concesión de las apuestas hípicas, según explicó hoy el consejero de Presidencia, Manuel Cobo, al dar cuenta de que el Consejo de Gobierno aprobó los anteproyectos de decretos que regulan el juego del póker en los casinos y las apuestas hípicas.
El consejero destacó que la fórmula aprobada facilitará la solución l problema del hipódromo, que permanece sin actividad desde hace años. La decisión de la adjudicación de su explotación depende de una comisión de Patrimonio Nacional, en la que participan la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid.
Respecto a las apuestas hípicas, el decreto reconoce que las habrá internas, que son las que se realizan en el propio recinto, y las externas, que permiten apostar a cualquier carrera que se celebre en cualquier hipódromo, independientemente de donde esté ubicado,también las que se efectuen por medios informáticos o interactivos.
Asimismo, se aclara que no podrán instalarse locales de apuestas externas situados fuera de los hipódromos hasta que lo autorice la consejería competente en esta materia, aunque el Gobierno regional no tiene previsto hacerlo.
El Gobierno regional, además de regular las modalidades de las apuestas hípicas, que pueden ser simples (sencilla, gemela, doble y de trío o cuarteto) o combinadas (triple, quíntuple, triple gemela y quíntule especial), especifica que, para su funcionamiento, las entidades titulares de la organización y comercialización de estas apuestas necesitarán la autorización previa y tendrán que reunir una serie de requisitos.
Entre ellos, el ser una sociedad anónima, tener un capital mínimo suscrito y desembolsado de 3 millones de euros o constituir una fianza a favor de la Hacienda de la Comunidad de Madrid por un importe de 300.000 euros. La vigencia de la autorización tendrá un plazo de 10 años.
El reglaento fija, asimismo, un porcentaje mínimo destinado a premios del 60% sobre la suma de las cantidades comprometidas en cada modalidad de apuesta para una carrera o carreras determinadas.
Con respecto al reglamento del póker, el decreto establece dos tipos de juegos de cartas, el de contrapartida, en el que los jugadores lo hacen contra el casino, y el de círculo, en el que se enfrentan varios jugadores entre sí.
(SERVIMEDIA)
04 Abr 2002
SMO