MADRID. LA CAM ULTIMA UNA LEY DE CASINOS QUE REPARTE LAS COMPETENCIAS ENTRE LAS CONSEJERIAS DE HACIENDA Y COOPERACION

MADRID
SERVIMEDIA

La Comunidad de Madrid (CAM) ultima un proyecto de Ley sobre Casinos, Juegos y Apuestas, que podría ser aprobado en el próximo Consejo de Gobierno y que reparte las competencias sobre estas materias entre la consejería de Cooperación ( concretamente la Dirección General de Protección Ciudadana) y la de Hacienda.

Según explicaron a Servimedia fuentes de la Administración regional, la citada norma concede a Protección Ciudadana las siguientes funciones: otorgar las autorizaciones administrativas pertinentes y la inspección y control del juego de las empresas y locales relacionados con dicha actividad, la homologación del material del juego y su fabricación e instalación, y también el ejercicio del régimen disciplinario.

Por otro lado, la Ley sobre Casinos deja para la Consejería de Hacienda la gestión, recaudacón e inspección de la tasa del juego, así como proponer y elaborar las disposiciones reglamentarias sobre la materia.

El Gobierno regional pretende, con esta norma, regular en el ámbito de la CAM las actividades relativas a casinos, juegos y apuestas, de acuerdo con el artículo 26.20 del Estatuto de Autonomía.

Una de las novedades de la citada ley, que opta por la ordenación en vez de la intervención del juego, es que introduce la autorización y no la concesión para abrir casinos.

"El órganoadministrativo competente de la CAM otorgará de forma reglada autorización administrativa a aquellas entidades que lo soliciten", dice uno de los apartados de la futura Ley sobre Casinos, Juegos y Apuestas.

Esta ley prohibe el acceso a los locales públicos en los que se desarrollan actividades de juego a los menores de edad y a aquellos que hayan sido sancionados con la prohibición de entrar en aquellos.

A tal efecto, la CAM creará un registro de prohibidos al que se incorporarán las personas sanionadas o las que voluntariamente soliciten su inclusión en el mismo.

En cuanto a los dueños de casinos u otros locales de juego, la ley establece que no podrán ser titulares de una autorización administrativa "los condenados por delitos de falsedad en documento público o privado, delitos contra la propiedad o contra la Hacienda Pública", entre otros.

Con respecto al régimen sancionador, la citada ley establece multas de 25 a 100 millones de pesetas para las faltas muy graves, de 5 a 25 para las raves y hasta 5 millones para las faltas leves.

(SERVIMEDIA)
26 Dic 1994
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