MADRID. LA CAM CREARA UN REGISTRO DE COMERCIANTES AMBULANTES E IMPONDRA MULTAS DE HASTA DOS MILLONES PARA FALTAS MUY GRAVES

MADRID
SERVIMEDIA

Carmen Caballro, directora general de Comercio, dijo hoy que el borrador de ley que regulará la venta ambulante incluye un registro obligatorio de comerciantes ambulantes y un régimen sancionador con multas de hasta dos millones de pesetas para las faltas muy graves.

Durante su comparecencia ante la Comisión de Economía y Empleo de la Asamblea de Madrid, Caballero señaló que la futura norma se aprobará antes de los meses de junio y julio, y que contemplará la "protección al consumidor y dignificar esta profesion, iendo esta actitidad como otro tipo de venta más".

Para estar inscritos en el futuro registro, los ambulantes deben cumplir los mismos requisitos que otro vendedor no ambulante, es decir, estar dado de alta en el IAE, tener la licencia municipal, pagar las correspondientes tasas públicas y estar al corriente de pago a la Seguridad Social.

La inscripción en el registro que permite ejercer la venta ambulante conlleva la obtención de un carnet profesional que se expenderá por un periodo de cuatro añs.

Explicó que hay un plazo de seis meses para inscribirse en ese registro y que la ley incluye sanciones de tres tipos, leves, graves y muy graves, con multas de hasta dos millones de pesetas.

La norma afectará a los mecadillos, a los festejos populares y a los puestos aislados de la vía pública, además de un mayor control de la venta de alimentos.

Así, fuera de los mercadillos estables sólo se autorizará cuando sean productos de temporada y hayan sido previamente transformados, mientras qu los alimentos perecederos sólo se podrán comercializar en los mercadillos cuando el respectivo ayuntamiento disponga de los medios técnicos para garantizar las necesarias condiciones higienicas y sanitarias.

(SERVIMEDIA)
09 Abr 1996
SMO