MADRID. LAS ALARMAS DE LOCALES Y VEHICULOS NO PODRAN SONAR MAS DE UN MINUTO SEGUIDO A PARTIR DE HOY

MADRID
SERVIMEDIA

Las sirenas de las ambulancias y las alarmas de establecimientos y vehículos de Madrid deberán cumplir a partir de hoy la nueva ordenanza municipal que regula estas emisiones acústicas, después de una moratoria de seis meses para su entrada en vigor otorgada a petición de las empresas y organismos afectados.

La ordenanza de uso de sirenas y alarmas ha ido elaborada por una comisión de técnicos municipales de Madrid, Bilbao, Sevilla, Zaragoza y la Diputación de Barcelona, y cuenta con el asesoramiento del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Universidad de Valencia.

Además, el Area de Medio Ambiente del ayuntamiento la ha consensuado con el Insalud, la Asociación de Fabricantes de Sirenas y Alarmas y el Area municipal de Salud y Consumo.

Las alarmas no podrán sobrepasar los 85 decibelios medidos a tres metros de distancia, no porán funcionar ininterrumpidamente más de 60 segundos y la señal de alarma no podrá repetirse más de cinco veces, separadas por un periodo mínimo de 30 segundos. Finalizado el ciclo, sólo está permitida la emisión de destellos luminosos.

En cuanto a las sirenas, las ambulancias sólo podrán usarlas en servicios de urgencia y sin que sobrepasen los 95 decibelios medidos a 7,5 metros de distancia.

Además de las características luces ámbar, estos vehículos deben portar un piloto azul y otro rojo. El pimero estará encendido en el recorrido desde la base de operaciones al lugar de recogida del enfermo o accidentado, y el piloto rojo, desde allí al centro de asistencia. En todos los demás casos llevarán los pilotos apagados.

(SERVIMEDIA)
01 Ene 1996
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