MADRID. LAS ALARMAS DE LOCALES Y VEHICULOS NO PODRAN SONAR MAS DE UN MINUTO SEGUIDO A PARTIR DE HOY

MADRID
SERVIMEDIA

Las sirenas de las ambulancias y las alarmas de establecimientos y vehículos de Madrid deberán cumplir a partir de hoy la nueva ordenanza municipal que regula estas emisiones acústicas, después de una moratoria de seis meses para su entrada en vigor otorgada a petición de las empresas y organismos afectados.

La ordenanza de uso de sirenas y alarmas ha sido elaborada por una comisión de técnicos municipales de Madrid, Bilbao, Sevilla, Zaragoza y la Diputación de Barcelona, y cuenta con el asesoramient del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Universidad de Valencia.

Además, el Area de Medio Ambiente del ayuntamiento la ha consensuado con el Insalud, la Asociación de Fabricantes de Sirenas y Alarmas y el Area municipal de Salud y Consumo.

Las alarmas no podrán sobrepasar los 85 decibelios medidos a tres metros de distancia, no podrán funcionar ininterrumpidamente más de 60 segundos y la señal de alarma no podrá repetirse más de cinco veces, separadas por un periodo mínimo de 30segundos. Finalizado el ciclo, sólo está permitida la emisión de destellos luminosos.

En cuanto a las sirenas, las ambulancias sólo podrán usarlas en servicios de urgencia y sin que sobrepasen los 95 decibelios medidos a 7,5 metros de distancia.

Además de las características luces ámbar, estos vehículos deben portar un piloto azul y otro rojo. El primero estará encendido en el recorrido desde la base de operaciones al lugar de recogida del enfermo o accidentado, y el piloto rojo, desde allí al cetro de asistencia. En todos los demás casos llevarán los pilotos apagados.

(SERVIMEDIA)
01 Ene 1996
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