EN LIBERTAD UNA MUER CONDENADA A 5 AÑOS DE CARCEL POR EL "EXORCISMO DEL ALBAICIN"

GRANADA
SERVIMEDIA

La joven Isabel Guardia Alonso abandonó hace unos días la Prisión Provincial de Jaén, tras cumplir algo más de la mitad de la condena de 5 años impuesta en marzo por la Audiencia Provincial de Granada, por su implicación en el llamado "exorcismo del Albaicín", una sesión pseudoespiritista que acabó en 1990 con la vida de su prima, Encarnación Guardia.

La hermana de Isabel, Enriqueta, también condenada, ermanece aún en la cárcel jienense a la espera de que se resuelvan los trámites burocráticos, según indicaron a Servimedia en fuentes del propio centro.

Enriqueta Guardia Alonso había sido condenada a la misma pena que la ahora excarcelada y había seguido con ella el mismo proceso judicial y penitenciario, por lo que espera poder salir en situación de libertad condicional en los próximos días.

Según indicaron a esta agencia fuentes judiciales, se trata de un problema estrictamente burocrático, yaque desde el juzgado de vigilancia penitenciaria deben llegar los autos de libertad hasta la prisión por separado y siguiendo procesos distintos.

El director de la prisión de Jaén envió, tras cumplir las condenadas la mitad de la pena, un extenso informe al citado juzgado, donde explicaba el comportamiento de ambas en el interior de la prisión y los trabajos que han realizado con el fin de redimir condena.

NO HUBO HOMICIDIO

La Audiencia Provincial de Granada condenó a las dos hermanas y a Mariao Vallejo, alias "El Pastelero" -que se encuentra en libertad provisional desde el 21 de julio-, a una pena de 5 años de prisión, al considerarles culpables de la muerte de Encarnación Guardia durante un rito espiritista realizado en el popular barrio granadino del Albaicín el 31 de enero de 1990.

La cuarta persona condenada, Josefa Fajardo, lo fue a 2 años y medio de cárcel, por lo que salió de la cárcel de Granada días después de conocerse la sentencia, el pasado 20 de marzo.

La resolución de l Sección Primera de la Audiencia Provincial condenó a los 4 implicados en esta muerte por un delito de lesiones y otro de imprudencia temeraria, no aceptando el tribunal la calificación de homicidio, como pretendía el Ministerio Fiscal.

(SERVIMEDIA)
20 Ago 1992
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