LA LEY DE SALUD LABORAL YA TIENE REGLAMENTO
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó hoy un decreto por el que se regula el reglamento de los Servicios de Prevención, desarrollo de la Ley de Salud Laboral, que ha sido consensuado con los agentes sociales. Este reglamento plantea la evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores en cada empresa y la planificación de los servicios de prevención. El texto ha recibido el respaldo de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la que están presentes también las comunidades autónomas.
En la evaluación de riesgos se pretende que el empresario tome medidas preventivas, consultadas con los representantes de los trabajadores o con éstos mismos. Los servicios de prevención pueden sr propios o externos, bien sean mutuas de trabajo o entidades especializadas.
Los sindicatos valoraron positivamente la aprobación de este reglamento, ya que facilitará el cumplimiento de la Ley y ello contribuirá a "reducir drásticamente la siniestralidad en nuestro país, que sigue siendo de las más altas de Europa".
CCOO destacó que la evaluación de riesgos se realizará previa consulta con los representates de los trabajadores y que la posibilidad de que el empresario asuma la prevención se limta a empresas de menos de seis trabajadores y sin riesgos especiales.
Por su parte, UGT consideró "satisfactorio" el decreto tanto en su estructura como en su distribución temática, pero advirtió que cuando entre en vigor y conozca sus efectos, realizará las propuestas que considere oportunas al Ministerio de Trabajo.
(SERVIMEDIA)
17 Ene 1997
L