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LA LEY QUE PERMITE A LOS CONVENIOS MARCAR LA EDAD DE JUBILACION SE TRAMITARA DE URGENCIA PARA QUE ENTRE EN VIGOR CUANTO ANTES

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy remitir a las Cortes Generales, para su tramitación por procedimiento de urgencia, el proyecto de ley que permite a los convenios colectivos modificar la edad ordinaria de jubilación, con la intención de que pueda incorporarse al proceso de negociación colectiva de este mismo año.

Este proyecto de ley se tramitará por la vía de urgencia en el Congreso tras haber recibido el dictamen favorable del Consejo Económico y Social, al que fue remitido por el Gobierno el pasado 30 de diciembre.

La ley permitirá incorporar al Estatuto de los Trabajadores una disposición para que en los convenios colectivos se posibilite la extinción de los contratos cuando el trabajador cumpla la edad ordinaria de jubilación.

No obstante, esa posibilidad se vincula a la mejora de la estabilidad en el empleo, la transformación de contratos temporales en indefinidos, el sostenimiento del empleo, la contratación de nuevos trabajadores y, en general, de medidas dirigidas a favorecer la calidad del empleo.

(SERVIMEDIA)
04 Feb 2005
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