LEY FUTBOL. EL PLENO DL SENADO APROBARA MAÑANA LA LEY PARA SU POSTERIOR RATIFICACION DEFINITIVA POR EL CONGRESO

- CiU dice que la moratoria de un año que establece la enmienda de IU es el "mal menor"

MADRID
SERVIMEDIA

El pleno del Senado aprobará mañana el dictamen del proyecto de ley de retransmisiones deportivas, conocido como "ley del fútbol", para su posterior ratificación definitiva la próxima semana por el pleno del Congreso.

En este trámite no está previsto que salga adelante ninguna enmieda nueva destacable. Los grupos parlamentarios mantendrán previsiblemente las mismas posiciones que en debates anteriores del proyecto.

Partido Popular, Izquierda Unida y PNV defenderán la ley, mientras PSOE y CiU volverán a centrar sus críticas en el alcance retroactivo de la norma que sostienen que establece el artículo 6.2. del proyecto, referido a la televisión de "pago por visión".

Los nacionalistas catalanes, como ya hicieron en el debate en la Comisión Constitucional del pasado jueves, mosrarán de nuevo una actitud más flexible hacia el Gobierno, dando su visto bueno con la abstención o con el voto a favor a una de las dos enmiendas presentadas por IU PNV, que abren una moratoria de un año a los operadores para que adapten sus contratos a la ley.

Joan Rigol, ponente de CiU, declaró hoy a Servimedia que su grupo prefiere en principio la enmienda de IU a la del PNV, porque aunque son muy similares, la de los nacionalistas vascos insiste en la tesis de la "retroactividad" de la ley, que CU rechaza. Rigol dijo que la enmienda de IU, frente a la que el pasado jueves se abstuvieron, la siguen considerando "el mal menor".

DE OFICIO

Esta enmienda de IU afirma que si transcurrido un año desde la entrada en vigor de la ley los operadores no se pusieran de acuerdo, el nuevo Consejo para las Emisiones Deportivas elevará informe al Gobierno en el plazo de seis meses y efectuará de oficio las oportunas recomendaciones.

La del PNV dice lo mismo en su primer párrafo, pero añade en un segund apartado lo que ocurrirá si los operadores no se adaptan a la ley: "Si el informe indicado constatase la falta de adaptación de los contratos a lo establecido en la ley, se entenderá que desde la publicación de la comunicación de dicho informe en el 'Boletín Oficial del Estado' los derechos de emisión y retransmisión a que se refiere el artículo 6.2. de la ley, derivados de contratos celebrados con anterioridad a la misma, conservarán su vigencia:

a) Si se procede a su adaptación a los contenidos delinforme.

b) Si es posible su interpretación conforme a los contenidos del informe, en orden a favorecer la apertura de los mercados, evitar posiciones estables de dominio, permitir la incorporación de nuevos operadores, asegurar el pluralismo y el máximo respeto a los intereses de los usuarios.

Todo ello, sin perjuicio de lo que pudiera disponer en su momento sobre los contratos en vigor el Tribunal de Defensa de la Competencia o, en su caso, la Comisión de la Unión Europea".

(SERVIMEDIA)
16 Ene 1997
JRN