Ley ELA
La 'Ley ELA', lista para su último trámite mañana en el Senado
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La proposición de Ley para Mejorar la Calidad de Vida de las Personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o Procesos de Alta Complejidad y Curso Irreversible llegará mañana miércoles al Senado, que con toda probabilidad la aprobará de forma unánime y definitiva.
De esta forma, y dado que no habrá introducción de enmiendas, la iniciativa superará su último trámite antes de ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su entrada en vigor.
Acordada por PP, Junts, PSOE y Sumar, esta proposición parte de la iniciativa impulsada por el colectivo de personas afectadas ConELA, que la demandaba desde hace tiempo.
Sus representantes asistieron emocionados a su aprobación en el Pleno del Congreso de los Diputados, donde cosechó el apoyo unánime de los grupos hace 12 días.
TEXTO
Según consta en la exposición de motivos, la nueva ley busca mejorar la calidad de vida de los afectados, para lo que se agilizarán los trámites administrativos de cara al reconocimiento automático de los grados de discapacidad y dependencia y se asegurará una atención integrada entre los sistemas de cuidados sociales y sanitarios.
Aunque deberá precisarse de forma reglamentaria, el ámbito de la ley incluirá a aquellas personas afectadas de procesos neurológicos severos que cumplan los siguientes criterios: tener una condición irreversible o progresiva; no haber manifestado una respuesta significativa al tratamiento; requerir cuidados sociales y sanitarios complejos, centrados en el ámbito domiciliario y que suponen un alto impacto para el entorno cercano; y experimentar una rápida progresión en la evolución de estos procesos.
Precisamente, esta es la razón por la que la norma busca “acelerar los procedimientos administrativos de valoración y reconocimiento del grado de discapacidad o dependencia”.
El texto contiene cinco artículos, ocho disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una derogatoria y nueve disposiciones finales. El primero expone la finalidad y objeto de la norma, que es “mejorar la calidad de vida y el acceso a servicios especializados de aquellas personas que padecen ELA y otras enfermedades o procesos neurológicos de alta complejidad”, mientras que el segundo se refiere al ámbito de aplicación. Por su parte, el artículo 3 regula el reconocimiento de las situaciones de discapacidad y dependencia para las personas con ELA y otras enfermedades, a fin de agilizar los trámites.
Además, la ley define “un procedimiento de urgencia para la revisión del grado de discapacidad” para las personas con estas enfermedades y, en su último artículo, establece “un procedimiento específico de cara a la calificación del grado de dependencia” y del derecho a recibir prestaciones.
Las disposiciones adicionales abordan la dotación de recursos a los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad y la mejora de la protección de los cuidadores de personas en situación de dependencia con un Grado III, así como el fomento del empleo en este sector.
También se hace mención a la capacitación y especialización exigibles a los profesionales sanitarios en enfermedades o procesos neurológicos de alta complejidad y curso irreversible; se garantiza “un plazo máximo para la recepción de prestaciones”, y se regula un “mecanismo de seguimiento” de la norma, con participación de los ministerios competentes, las comunidades autónomas y las plataformas y colectivos de personas afectadas.
(SERVIMEDIA)
22 Oct 2024
AGQ/clc