LEY ACOMPAÑAMIENTO. AMPLIAN EXENCIONES FISCALES A VICTIMAS DE MISIONES HUMANITARIAS Y DEL TERRORISMO

MADRID
SERVIMEDIA

La Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado para 2004 amplía exenciones fiscales a los beneficiarios de contratos de seguros de vida a víctimas de misiones humanitarias y del terrorismo, de manera que no tributan por los seguros de vida de fallecidos en estos cass.

Se trata de una reforma del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que contemplaba una exención de 9.195 euros en las cantidades percibidas por los beneficiarios de contratos de seguros de vida, cuando su parentesco con el contratante sea el cónyuge, ascendientes, descendiente, adoptante o adoptado.

A partir de enero próximo, esta exención se aplicará también a los seguros de vida que actúen a causa de actos de terrorismo o "en servicios prestados en misiones internacionales humanitarias o de pa" y quedará exento de tributación todo el importe del seguro, sin el límite de los 9.195 euros.

(SERVIMEDIA)
29 Sep 2003
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