EL LETRADO QUE PROVOCO LA SUSPENSION DEL JUICIO A HORMAECHEA RECURRE LA DESIGNACION DE UN ABOGADO DE OFICIO
- También recurre la sanción impuesta por su incomparecencia
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Pedro Vallés, abogado defensor del ex consejero de Ganadería del Gobierno de Cantabria, Vicente d la Hera, ha presentado al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) dos recursos, uno contra la designación de un letrado de oficio para su patrocinado y otro contra la sanción económica impuesta por su incomparecencia en las dos sesiones del juicio del 'caso Hormaechea', que produjo la suspensión de la vista oral.
El abogado santanderino considera que el nombramiento de un letrado de oficio supone para él una pena de inhabilitación "sin juicio previo".
Tras calificar de "nula" la providncia del TSJC al Colegio de Abogados de Cantabria solicitando un abogado de oficio por carecer de motivación, Vallés entiende que ésta "limita el derecho de defensa pretendiendo designar un letrado de oficio contra la voluntad del justiciable y de su defensor".
Pedro Vallés recuerda en su escrito, que hoy ha llegado a la Sala de lo Civil y Penal del TSJC, que el acuerdo "viola flagrantemente" el derecho a un defensor de la elección del procesado y recuerda que Vicente de la Hera le designó a él y estadecisión no ha sido revocada. El letrado señala que se reserva "el ejercicio de las acciones correspondientes".
En cuanto al recurso sobre la multa de 95.000 pesetas impuesta por el TSJC contra el abogado por no comparacer ante la sala en las sesiones del juicio, Vallés señala que "contra Franco vivíamos mejor", y recuerda un incidente protagonizado por Claudio Movilla (presidente del Tribunal) cuando era fiscal y fue sancionado al opinar sobre una cuestión jurídica. El abogado considera que en su cas el tribunal ha pasado la "corrección" a la "represión".
Mientras estos escritos se reciben en el TSJC, la Sala de lo Civil y Penal sigue sin decidir sobre la futura defensa de Vicente de la Hera. El Colegio de Abogados de Cantabria ya remitió al Alto Tribunal los nombres de abogado y sustituto para hacerse cargo de esta defensa, pero aún no se ha acordado si pasar la misma a uno de los designados o si el procesado podrá contar con la defensa por él contratada.
(SERVIMEDIA)
12 Abr 1994
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