LASA-ZABALA. LIAÑO CIERRA EL SUMARIO QUE SERA JUZGADO EN CUATRO MESES

- Se cierran tres años de investigaciones que han dado como resultado 7 personas procesadas

- Galindo, Bayo, Dorado y Vaquero podrían ser condenados a 100 años de prisión, en función de los delitos que se les imputa

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño decidió hoy dar por concluída la fase de instrucción del "caso Lasa-Zabala" y remitir a la Sala de lo Penal de la Audiecia Nacional todas las investigaciones efectuadas hasta la fecha, que serán estudiadas durante el juicio que se celebrarán dentro de unos cuatro meses, según fuentes de la Audiencia.

Los hechos que se van a juzgar se refieren al secuestro, torturas y posterior asesinato de los supuestos etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, que desaparecieron en la localidad francesa de Bayona en la madrugada del 16 de octubre de 1983.

No obstante, la investigación en la Audiencia Nacional se inició cai doce años después, en las primeras fechas de 1995, cuando un cazador de la localidad Alicantina de Busot encontró unos huesos humanos, que luego se comprobaría que pertenecían a los dos etarras.

Los primeros procesamientos se produjeron el 20 de mayo de 1996 y recayeron sobre los guardias civiles destinandos en el cuartel de Intxaurrondo (San Sebastián), Enrique Dorado Villalobos y Felipe Bayo, que ingresaron en prisión en esa fecha, por considerar el juez que existían "indicios racionales de ser lo responsables de los delitos de detención ilegal, torturas y asesinato" de los jóvenes desaparecidos.

Algunas fechas más tarde, el instructor imputó al entonces máximo responsable de Intxaurrondo, el general Enrique Rodríguez Galindo, al ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y al ex gobernador civil de Guipúzcoa, Julen Elgorriaga, además de al abogado del general, el letrado Jorge Argote.

BANDA ARMADA

El juez acusó de los delitos de detención ilegal, torturas y asesinato a los ds guardias civiles y a su jefe directo, el general Rodríguez Galindo, junto con el también agente Pedro Gómez Nieto, que luego fue exculpado.

A Rafael Vera y al letrado Jorge Argote les acusó de un delito de encubrimiento, mientras que a Julen Elgorriaga le imputó los delitos de detención ilegal, cooperación necesaria en un delito de torturas y autor por omisión de dos delitos de asesinato.

Pero el juez fue más lejos y en su último auto de acusación decidió imputar a Rodríguez Galindo, Elgorriaga Bayo y Dorado Villalobos de un delito de pertenencia a banda armada. Además, se decidía imputar en este caso a otro Guardia Civil, Angel Vaquero, a quien se acusó de todos los delitos: detención ilegal, torturas, asesinato y pertenencia a banda armada.

Liaño consideró probado que desde el cuartel de Intxaurrondo se formó un grupo que "por sus objetivos, estructura claramente jerárquica, medios, vocación de permanencia y, naturalmente, armado, es constitutivo del delito de pertenencia a banda armada". Esta banda estaba dirigida por Rodríguez Galindo y buscó argumentos y utilizó métodos para combatir el terrorismo "con la fuerza mejor que con la ley", e incluso dió a sus actuaciones "la apariencia de un servicio público".

Con estos delitos, los supuestos responsables de los hechos delictivos que acabaron con la vida de Lasa y Zabala, podrían enfrentarse a solicitudes de hasta 100 años de prisión, principalmente para los acusados de asesinato y de colaboración con banda armada.

"TODO VALIA"

El juez decide cerrar el sumario a instancia del fiscal de caso Jesús Santos, quien apuntó ya que, tras 3 años de sumario sería procedente pasar a la fase del juicio oral para no perjudicar el derecho de alguno de los acusados a un proceso sin las dilaciones indebidas.

Liaño insiste en que "es posible que alguna parte acusadora opine que se puede avanzar más y que sólo una frondosa y negra espesura de silencios y complicidades no permiten que la investigación llegue al final y que las salpicaduras d tan graves delitos alcancen a otros responsables, incluídos aquellos que desde posiciones de garantes pudieron pensar que, puesto que la razón les asistía, todo valía".

"Sin embargo -continúa el juez- (...) lo que hace falta es que un nuevo estado del proceso, el plenario, que es el trascendental, se abra y se celebre un juicio que termine con la sentencia definitiva".

(SERVIMEDIA)
23 Abr 1998
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