L SUPREMO ABSUELVE A DOS ACUSADOS DE ROBO PORQUE EN EL JUICIO NO DECLARO LA VICTIMA, SINO SU PADRE

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a dos jóvenes del delito de robo con intimidación consumado por el que fueron condenados a tres años y medio de cárcel, porque en el juicio no declaró la víctima, sino el padre.

Según una sentencia hecha pública hoy, los dos jóvenes fueron juzgados por haber robado presuntamente a un adolescente de 14 años 1.000 pesets después de registrarle. Supuestamente, le habían preguntado antes si tenía dinero para comprar tabaco, a lo que la víctima respondió que no.

La Audiencia Provincial de Murcia les condenó por estos hechos, ocurridos el 2 de junio de 1997, a tres años, seis meses y un día de cárcel, así como a un año y medio más por otro delito de robo con intimidación perpetrado un día después.

Sin embargo, el Supremo les libera de la primera condena por considerar que, al declarar el padre de la víctima en luga del propio agredido y único testigo directo de los hechos, se vulneró el derecho a la presunción de inocencia de los dos acusados.

Los magistrados señalan que a los acusados se les privó de su derecho a la contradicción y valoración de la prueba al no poder escuchar el testimonio del único testigo directo de los hechos.

El Alto Tribunal señala que el tribunal sentenciador debió tomar las medidas necesarias para paliar la ansiedad que le producía a la víctima testificar en la vista pública ante ss supuestos agresores, tales como permitir que estuviera acompañado de un familiar o limitar la publicidad del juicio.

Además, el Supremo argumenta también que "el hecho no ha estado rodeado de una especial peligrosidad o violencia" suficiente como para que el testigo y víctima no compareciese por miedo.

(SERVIMEDIA)
27 Sep 2000
VBR