AL KASSAR. EL FISCAL DICE QUE GARZON NO DEBE INVESTIGAR EL ASESINATO FRUSTRADO DE ELIAS AWAD
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El fiscal de la Audiencia Nacional considera que el juez Baltasa Garzón no debe instruir la causa por el asesinato frustrado del libanés Elías Awad, en el que inicialmente estuvo presuntamente implicado el sirio Monzer Al Kassar, por lo que ha solicitado que remita la documentación al decanato de ese organismo para que sea éste quien la envíe al juzgado correspondiente según las normas de reparto.
Según informaron a Servimedia fuentes judiciales, el fiscal ha solicitado además que sea rechazada la petición de sobreseimiento libre de la causa formulada por la defena de Al Kassar "por no estar dicha persona procesada ni ser parte en el presente sumario".
En un escrito remitido al juzgado de Garzón el pasado 15 de mayo, el fiscal recuerda que la causa por el asesinato frustrado de Awad fue iniciada en 1984 por el juzgado central de instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, cuyo titular es Carlos Bueren, aunque posteriormente el Tribunal Supremo atribuyó la competencia de la instrucción a la Audiencia Provincial de Madrid por estimar que el atentado contra ellibanés no era obra de una banda armada o terrorista.
Más tarde, este sumario fue acumulado por razones de conexidad a la causa 29/92 que instruyó el juez Garzón por el secuestro del buque "Achille Lauro", confirmando posteriormente el Tribunal Supremo la competencia de la Audiencia Nacional para investigar esos hechos por constituir terrorismo.
Sin embargo, el fiscal señala que una vez "fenecido ya ese procedimiento principal" (el secuestro del "Achille Lauro") por la absolución de Al Kassar acodada el pasado mes de marzo, "no existe ya motivo competencial -o de reparto- que vincule" la causa por el asesinato frustrado de Awad al juzgado de Garzón, "pues no puede seguir invocando conexidad de un pleito a otro ya desaparecido".
Además, destaca que si inicialmente instruyó la causa el juzgado de Bueren, "parece lógico" que al haberse devuelto la competencia a la Audiencia Nacional vuelvan dichas actuaciones a ese juzgado.
Por ello, afirma que, dado que entre juzgados de instrucción de unamisma sede no pueden existir competencias ni cuestiones de competencias, la causa debe ser remitida al Decanato de la Audiencia Nacional para que decida qué juzgado deberá investigar esos hechos.
Por otra parte, respecto a la petición de sobreseimiento libre de esta causa solicitada por la defensa de Al Kassar, destaca que el sirio no está procesado en este sumario "ni tampoco se encuentra inculpado en forma alguna" ya que en 1993 la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dejó sin efecto su procesaiento por el atentado contra Awad, limitando su inculpación a los delitos de piratería y pertenencia a banda armada en relación al secuestro del "Achille Lauro", de los que finalmente fue absuelto.
Así, considera que "no tiene motivo para hacer peticiones como inculpado" y agrega que, además, su solicitud es contradictoria ya que el pronunciamiento exculpatorio que pide está reservado a los procesados y esa medida no puede ser dictada respecto de quienes no se encuentran en esa situación.
La devoución de esta causa por parte del Tribunal Supremo a la Audiencia Nacional se vió envuelta en la polémica después de que el magistrado Ventura Pérez Mariño denunciase a dos compañeros suyos del tribunal por retrasar supuestamente la remisión del sumario al juez Garzón en las mismas fechas en que Al Kassar estaba siendo juzgado por el secuestro del "Achille Lauro".
(SERVIMEDIA)
22 Mayo 1995
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