UN JUZGADO DE ZARAGOZA DESESTIMA TRES RECURSOS DE OBJECIÓN A EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA
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El Juzgado Contencioso Administrativo nº 3 de Zaragoza ha desestimado tres recursos presentados por ciudadanos de Zaragoza que solicitaban para sus hijos el derecho a objetar o a no asistir a las clases de Educación para la Ciudadanía.
El juzgado se ha atenido en sus fallos a la jurisprudencia marcada por el Tribunal Supremo de España y por ello los ha desestimado.
Una de las razones que expone este juzgado en las sentencias es que "la Constitución española no proclama un derecho a la objeción de conciencia con alcance general".
Además, asegura que "es preciso tener presente, en fin, las pculiares características de una materia obligatoria cuya finalidad es educar a ciudadanos".
Y añade que "Puede naturalmente discutirse acerca de la oportunidad de tal materia; pero, una vez verificado que es ajustada a derecho, autorizar exenciones individualizadas de dicha materia sería tanto como poner en tela de juicio esa ciudadanía para la que se aspira a educar".
(SERVIMEDIA)
17 Mar 2009
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