UN JUZGADO DE MADRID DECLARA NULO EL REDONDEO AL ALZA EN LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS DEL BANCO ATLANTICO
- Es la novena sentencia en este sentido, según Ausbanc
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El juzgado de Primera Instancia nº 19 de Madridha estimado una demanda presentada por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) y condena al Banco Atlántico a eliminar de sus contratos de préstamos hipotecarios a tipo de interés variable la cláusula de redondeo al alza y a devolver las cantidades que pueda haber cobrado indebidamente por su aplicación.
Según informó hoy Ausbanc, esta es la novena sentencia que declara nula, por abusiva, la cláusula de redondeo al alza. Con anterioridad, a través de demandas de Ausbanc, fueron condnados, Caja Madrid, Banca March, BBVA, Banesto, JPI, Deutsche Bank y Caixa Catalunya.
De hecho, actualmente, la mayoría de las entidades ha dejado de aplicar ya el redonde al alza de los tipos de interés hipotecario, ante la unificación en las sentencias, que declaran abusiva esta práctica.
El fallo conocido hoy asegura que el redondeo es un cláusula desequilibradora que se realiza siempre en beneficio del banco y no del cliente.
(SERVIMEDIA)
23 Dic 2003
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