UN JUZGADO DE MADRID CONDENA A ANASAGASTI A PAGAR UN MILLON DE PESETAS A LA ASOCIACION VICTIMAS DEL TERRORISMO

MADRID
SERVIMEDIA

El Juzgado de Primera Instancia número 54 de Madrid, del que es titular Enrique Jesús Bergés, ha condenao al portavoz del PNV en el Congreso, Iñaki Anasagasti, a pagar un millón de pesetas a la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) por unas declaraciones que realizó a la Televisión Azteca sobre la financiación de esta entidad.

La AVT presentó demanda civil contra Anasagasti por insinuar en las citadas declaraciones que la asociación se había financiado a través de subvenciones del PP, de los fondos reservados de los que dispone el Gobierno o de un "fondo de reptiles". Por ello, reclamó un millón de psetas al diputado en concepto de reparación del daño moral causado por sus palabras.

Tras presentar la demanda, el gerente de la AVT, Juan Antonio Corredor, anunció la intención de crear un premio para las víctimas con el dinero de la indemnización, en el caso de ganar el caso, como ha ocurrido.

En sus declaraciones a la televisión mexicana, el portavoz peneuvista dijo que tenía la "intuición" de que organizaciones como ¡Basta Ya!, Fundación Miguel Angel Blanco, Foro Ermua o AVT recibían fondos rservados y que habían sido creadas para acabar con el nacionalismo, como anteriormente se crearon para el mismo fin los GAL.

Según la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 54 de Madrid, las declaraciones de Anasagasti acusando a la AVT de alejarse de sus fines de defensa de las víctimas para convertirse en un ariete contra el nacionalismo vasco "son manifiestamente vejatorias e insultantes".

A juicio del juzgado, Anasagasti difundió "sospechas malintencionadas", puesto que,como miembro de la Comisión de Secretos Oficiales, el diputado podía haber obtenido información de primera mano sobre la utilización de los fondos reservados. En consecuencia, el juez cree que Anasagasti se excedió en el uso del derecho de libertad de expresión y, en este caso, debe prevalecer el derecho al honor. "Las expresiones utilizadas por el demandante claramente exceden los límites de protección constitucional del derecho a la libertad de expresión", dice la sentencia.

Además, el juzgado estim que el parlamentario del PNV tampoco ha demostrado que la AVT obtuviera determinados beneficios a cambio de enfrentarse al nacionalismo vasco. Por ello, la sentencia indica que estas declaraciones están "totalmente alejadas del ejercicio legítimo del derecho de la libertad de expresión dentro del principio constitucinoal del pluralismo político".

QUERELLA RECHAZADA

Esta sentencia se conoce dos semanas después de que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo archivara la querella presentada contra Ansagasti -a causa de las mismas declaraciones a la TV Azteca- por la asociación ¡Basta Ya! y por la Fundación pro Derechos Humanos Miguel Angel Blanco, que acusaron al parlamentario del PNV de un presunto delito de injurias con publicidad.

Según el Supremo, las declaraciones de Anasagasti, "tanto por el contexto en el que se produjeron como por el tenor literal de las palabras pronunciadas, siempre en términos de sospecha e intuición, no son constitutivas de un delito de injurias".

Los magistradosdel Alto Tribunal indicaban en el auto de archivo que la comisión de dicho delito requiere, además de efectivo menosprecio o difamación, la intención del autor de atentar contra el honor del ofendido y que la afrenta sea grave, "extremos éstos últimos que no resultan del contenido del escrito de la querella".

(SERVIMEDIA)
30 Nov 2001
CAA