UN JUZGADO CONDENA AL HOTEL RECONQUISTA DE OVIEDO A PAGAR POR EL USO DE TELEVISORES EN LAS HABITACIONES
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Juzado de Primera Instancia número 5 de Oviedo ha fallado a favor de EGEDA en el pleito de esta entidad de gestión contra el Hotel Reconquista de Oviedo, al que reclama el pago de un canon en concepto de derechos de autor por la difusión de obras audiovisuales a través de los televisores instalados en este establecimiento.
Este pleito dio lugar al planteamiento por el juzgado de Oviedo de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Comununidades Europeas (TJCE) en Luxemburgo, cuestión queel tribunal comunitario resolvió a fovor de la competencia de los tribunales nacionales.
Según informó la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), el juzgado de Oviedo "resuelve la cuestión de fondo de manera absolutamente favorable a las tesis de EGEDA".
La sentencia, asegura EGEDA, determina que las habitaciones de los hoteles no deben considerarse espacios estrictamente privados en lo que se refiere a lo dispuesto en la Ley de Propiedad Intelectual.
"Estimaque es comunicación pública la retransmisión efectuada a través de los televisores instalados en éstas (las habitaciones), ya que es un espacio ocupado por un 'público sucesivo', según la expresión del Tribunal Supremo, o por un 'público nuevo', según la definición del abogado general del TJCE y de la propia Comisión Europea", señala la nota difundida por EGEDA.
Por ello, condena a HOASA, empresa propietaria del Hotel Reconquista, a la obligación de obtener la autorización de EGEDA para la comunicació pública de obras y grabaciones audiovisuales contenidas en las emisiones de televisión de entidades de radiodifusión.
Asimismo, reconoce "el derecho de EGEDA a ser indemnizada por el tiempo en que la demandada ha realizado esta actividad de comunicación pública".
(SERVIMEDIA)
10 Mayo 2000
J