Justicia
Justicia plantea que abogados condenados no puedan defender de oficio a maltratadas y otras víctimas vulnerables
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El Ministerio de Justicia ha propuesto que los abogados con antecedentes penales por delitos relacionados con la violencia de género, el terrorismo, los menores o las personas con discapacidad no puedan actuar en el turno de oficio cuando afecte a estos colectivos.
Según informó Justicia este jueves, esta propuesta se incluye en un real decreto que modifica el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita y que desde esta jornada ha sido abierto para la fase de audiencia e información pública.
El decreto modifica la regulación sobre justicia gratuita en relación con las mujeres maltratadas y otras víctimas vulnerables, como las del terrorismo, los menores, las víctimas de trata de personas o las personas con discapacidad.
En este sentido, la ministra de Justicia, Pilar Llop, señaló que la garantía de un adecuado derecho de defensa y representación “redundará en una mejor atención y protección de las víctimas durante el proceso, reduciendo la victimización secundaria”.
Llop también subrayó el componente de concienciación de los profesionales de la abogacía y la procura sobre la importancia de la “actuación profesional con perspectiva de género e infancia para, en última instancia, reforzar la confianza de la ciudadanía en el servicio público de justicia gratuita”.
“COMPROMISO CON LAS VÍCTIMAS”
Sobre la decisión de elaborar este decreto, Justicia explicó que se da cumplimiento con ello a la recomendación que el Defensor del Pueblo hizo al Ministerio de Justicia para garantizar y regular que, en la asistencia a las víctimas de violencia de género por parte de los letrados de los turnos de oficio especializados en esta área, no puedan participar profesionales que hayan sido condenados por tal delito.
El proyecto de decreto introduce un nuevo artículo en el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita para regular los requisitos específicos que los profesionales -tanto de la abogacía como de la procura- inscritos en el turno de oficio especializado en violencia de género deberán cumplir para garantizar una relación de respeto y recíproca confianza entre el profesional y la persona beneficiaria de justicia gratuita.
Así, no podrán prestar dicho servicio los profesionales que cuenten con antecedentes penales por hechos de naturaleza similar a los denunciados por las víctimas defendidas o representadas. Esta exigencia se extiende, además de a las víctimas de violencia de género, a la defensa y representación de víctimas de otros delitos, como son el terrorismo y la trata de seres humanos, así como a las víctimas menores de edad y las víctimas con discapacidad necesitadas de protección especial.
“Con este proyecto normativo, el Ministerio de Justicia reafirma su compromiso con las víctimas del delito en su proceso de recuperación, especialmente con las de violencia de género y otras víctimas vulnerables”, afirmó Llop.
(SERVIMEDIA)
03 Mar 2022
NBC/clc