LA JUSTICIA OBLIGA A AENA A DISPONER DE UN SERVICIO DE AMBULANCIA PERMANENTE EN BARAJAS
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La Inspección de Trabajo obligará a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) a restablecer en el aeropuerto de Madrid-Barajas y en el plazo de un mes el servicio de ambulancia en la prestación médica de urgencia allí instalada de conformidad con el artículo 119 del III Convenio Colectivo, según informó hoy la Confederación Generl del Trabajo (CGT).
El sindicato denunció el pasado 23 de abril a la dirección del aeropuerto por suprimir de forma unilateral el servicio de ambulancia sustituyéndola por un vehículo de intervención rápida, no apto para realizar transporte sanitario, incumpliendo el artículo 119 del convenio colectivo que establece que "en todos los centros de trabajo deberá mantenerse permanentemente un vehículo para el traslado urgente a centros sanitarios, en caso de enfermedad súbita o accidente del trabajador". Además, CGT denunció ante la Inspección de Trabajo a la dirección de Madrid Barajas por proceder contra la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, al vulnerar Aena las medidas de emergencia dispuestas en su artículo 20.
(SERVIMEDIA)
30 Jun 2003
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