LA JUSTICIA CONDENA AL BBVA A PAGAR 290.000 EUROS POR PUBLICIDAD ENGAÑOSA EN UNOS BONOS DE BOLSA DE ARGENTARIA

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al BBVA a indemnizar con más de 290.000 euros a un total de 32 suscriptores de unos bonos Argentaria de bolsa, emitidos en 1994 y amortizados el 1 de julio de 1997, por considerar que la etidad incurrió en publicidad engañosa sobre las condiciones como se calculaba la revalorización del Ibex.

La sentencia, que puede ser recurrida, es consecuencia de un recurso de apelación presentado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), después de que el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Madrid desestimara el 3 de octubre de 2000 la demanda presentada por la organización de consumidores.

La publicidad de Argentaria en la prensa de 1994, según afirma la sentencia judicial,la que tuvo acceso Servimedia, decía que los bonos bolsa ofertados tenían una rentabilidad de "hasta el 100 por cien de la revalorización del Ibex 35" y en otro anuncio aseguraba que la rentabilidad podía llegar "hasta un 150% de la revalorización del Ibex".

Sin embargo, como ha quedado acreditado en la sentencia, la revalorización de los bonos dependía de "la media aritmética de los valores alcanzados por el Ibex 35 los días 10 de cada mes hasta su vencimiento".

Por su parte, la entidad financira alegó que los anuncios sólo inducían a los inversores a obtener mayor información, para lo que figuraba un número de teléfono y un apartado de correos en la publicidad.

Sin embargo, como argumentó la OCU, no ha quedado acreditado que las personas que llamaron por teléfono y suscribieron la emisión de bonos fueran debidamente informadas de la forma en que el banco calculaba la revalorización del Ibex.

ANUNCIOS CORRECTOS

Además, en posteriores inserciones en prensa, también en 1994, Argentariarectificó los anuncios y dejó claro en los mismos cómo se calculaba la revalorización del Ibex.

Por ello, la Audiencia ha condenado al BBVA a remunerar a los 32 inversores con la revalorización del Ibex en el periodo de vigencia de los bonos, tal y como se deducía de la publicidad.

Así, la sentencia ordena al banco a abonar a los suscriptores de los bonos bolsa serie D la cantidad de 27.170 pesetas (163,29 euros) brutas por cada bono suscrito y amortizado el día 1 de julio de 1997, así como los itereses legales de dicha cantidad desde la reclamación judicial de la misma, más las costas judiciales causadas en primera instancia.

Los 32 inversores incorporados a la demanda de la OCU totalizaban un total de 1.779 bonos suscritos, lo que ha determinado un total de 290.501 euros (48,3 millones de pesetas) como indemnización, más los intereses legales desde el 21 de septiembre de 1998, fecha de la reclamación.

La sentencia "es un claro aldabonazo al poder de engaño de determinados mensajes publcitarios", señaló el director general de la OCU, José María Múgica, en una nota de prensa difundida hoy.

"Deja claro", añadió Múgica, "que es absolutamente necesario incluir en la publicidad los datos esenciales para poder comprender una oferta sin necesidad de acudir a consultas posteriores, ya que con frecuencia la decisión del consumidor se conforma a la luz del mensaje publicitario".

(SERVIMEDIA)
07 Oct 2002
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