CASTILLA-LA MANCHA

LA JUNTA PRESENTA LAS PRIMERAS ALEGACIONES AL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA

MADRID/TOLEDO
SERVIMEDIA

El Consejo Regional del Agua de Castilla-La Mancha ha presentado las primeras alegaciones al proceso de planificación hidrológica que se ha abierto en España y que culminará en 2009, según informó hoy el Gobierno autonómico.

El consejero de Ordenación del Territorio y Vivienda, Julián Sánchez Pingarrón, manifestó la importancia de que el Gobierno de Castilla-La Mancha esté presente en el proceso de planificación hidrológica, ya que de las 9 demarcaciones hidrográficas, 7 (Tajo, Guadiana, Júcar, Segura, Guadalquivir, Ebro y Duero) inciden en el ámbito territorial de la región, por lo que se confiere a ésta un papel determinante.

El Gobierno regional considera que su revisión debe realizarse teniendo en cuenta una adecuada gestión de la demanda para una oferta limitada de recursos hídricos. Desde la región, declaró el consejero, "se acoge con satisfacción un proceso público y general de participación social, ya que la postura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es la de trabajo, cooperación y colaboración en todo momento".

Sánchez Pingarrón indicó que aun así, el Gobierno de Castilla-La Mancha "formula observaciones a los documentos de inicio del proceso de planificación hidrológica de las diferentes demarcaciones hidrográficas que considera oportunas".

En estas observaciones, se destaca la necesidad de constituir, como mayor garantía para este proceso de participación pública, los órganos reglados al efecto, entre ellos los consejos del agua de las demarcaciones y los correspondientes comités de autoridades competentes.

Sánchez Pingarrón añadió que no debe olvidarse que la propia Ley de Aguas "establece que al Consejo del Agua de la demarcación le corresponde fomentar y promover la información, consulta pública y participación activa en la planificación hidrológica".

En cuanto a la demarcación hidrográfica del Segura, el Gobierno regional ha alegado que no pueden computarse como recursos hídricos en la misma los procedentes del trasvase Tajo-Segura, dado que éstos están supeditados a posibles excedentes de la cuenca cedente y sujetos a la prioridad de otras cuencas y territorios.

Por tanto, el Ejecutivo castellanomanchego entiende que debe omitirse en el estudio de la demarcación toda referencia a dichos recursos, dada su precariedad y la próxima caducidad del trasvase.

Por lo que respecta a la demarcación del Júcar, la observación principal del Gobierno regional es que de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de octubre de 2004, es imprescindible excluir real y efectivamente y a todos los efectos las cuencas internas de la Comunidad Valenciana, incluidas todas las denominadas costeras, ya que cualquier actuación en otro sentido acarrearía la nulidad del proceso.

En lo que se refiere a las demarcaciones del Júcar y Segura, el consejero alertó sobre el recurso contencioso-administrativo interpuesto ante el Tribunal Supremo por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.

En la demarcación hidrográfica del Tajo, el Gobierno autonómico realiza la observación de que los caudales ecológicos deberán quedar establecidos durante el proceso de planificación.

Esto debe hacerse, en su opinión, complementando los estudios disponibles al efecto, utilizando métodos para su determinación y distribución interanual, priorizando aquellos que aseguren el buen estado ecológico de las masas de agua por la garantía para el hábitat y destacando la necesidad de realizar las demás actuaciones que aseguran la calidad del agua del río y de resaltar la caducidad del trasvase del Tajo al Segura.

(SERVIMEDIA)
29 Ene 2008
CAA