LA JUNTA DE ANDALUCIA IMPULSA LA LEY "ANTI-BOTELLON"
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EL Consejo de Gobierno andaluz acordó hoy iniciar la tramitación del anteproyecto de ley que dará cobertura jurídica a los municipios andaluces para hacer frente al fenómeno de la "botellona".
El borrador de esta ley, denominada de Potestades administrativas en materia de actividades de ocio en espacios abiertos, amplía las competencias sancionadoras de los consistorios para controlar el consumo de bebidas y comida en la vía pública.
El texto, que responde a las demandas planteadas tanto por los ayuntamientos como por los ciudadanos y las organizaciones empresariales, cuenta con el consenso de la Mesa de Concertación Local y será aprobado como proyecto definitivo para su remisión al Parlamento una vez cuente con los informes preceptivos y con las aportaciones que realicen para su mejora los colectivos interesados.
En el anteproyecto se prohíbe la permanencia y concentración de personas que consuman bebidas o alimentos en zonas del término municipal distintas a las que haya fijado el ayuntamiento, así como en aquellos espacios al aire libre contiguos a establecimientos de ocio y comerciales.
De igual modo, se recoge la prohibición del aprovisionamiento de bebidas para su consumo en espacios abiertos mediante encargos por vía telefónica o mensajería.
Los establecimientos comerciales no podrán entregar bebidas alcohólicas fuera del horario establecido para ello, independientemente de la hora a la que se haya efectuado la transacción económica.
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Por su parte, los establecimientos de hostelería y esparcimiento tampoco podrán dispensar bebidas alcohólicas para su consumo fuera del local o de las zonas anexas autorizadas.
Finalmente, la ley también prohibirá la realización de necesidades fisiológicas y el abandono de residuos de envases en la vía pública.
Los ayuntamientos podrán sancionar las infracciones a todas estas normas con multas de entre 600 y 600.000 euros.
Del ámbito de aplicación de la futura ley se excluye la permanencia de personas durante el horario reglamentario en espacios urbanos abiertos destinados a terrazas y veladores, así como las concentraciones derivadas de fiestas, ferias, verbenas, manifestaciones religiosas y otras celebraciones festivas de carácter tradicional.
(SERVIMEDIA)
18 Oct 2005
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